Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 31/10/2011

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3780 - 31/10/2011

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N95

74,1 dBA y externo de 65,5 dBA, el área técnica interviniente recomienda que, para no incrementar el clima del ruido, el Nivel Sonoro Continuo Equivalente al interior del local no debe superar los 85 dBA;
Que teniendo en cuenta los niveles alcanzados el área técnica informante concluye que el funcionamiento de la actividad, en la intensidad registrada en terreno y con la mencionada limitación en el nivel de presión sonora, no ocasionará un impacto acústico significativo al medio ambiente de acuerdo a las normas vigentes;
Que el profesional interviniente, como los equipos utilizados en las mediciones, cumplen con lo establecido en el Decreto Nº 740-GCABA/07 y la Resolución N
44-APRA/08.
Por ello, en virtud de las facultades conferidas por la Resolución N 5-APRA-2008
modificada por la Resolución N 10-APRA-2008, Resolución N 390-APRA-2010, Resolución 377-APRA-2009 y Resolución N 148-APRA-2010, EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACION TECNICA
DE LA AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL
DISPONE
Artículo1º.- Inscríbese en el Registro de actividades catalogadas como potencialmente contaminantes por ruidos y vibraciones a nombre de NUPCIAL S.H. de Hugo Cesar Mancuso y Guillermo Hugo Mancuso, titular del proyecto: Industria: Fabricación de vajilla y cuchillería de acero inoxidable y/o metales no ferrosos 502.071; Corte, doblado, estampado y perforado de metales, batido en frío y remachado 502.150 a desarrollarse en el inmueble sito en la calle Mom N 2.964/68/70/74/76/84 y Tabaré N
1.471/75/77, Planta Baja, 1 Piso, Entrepiso y 2 Piso, de esta Ciudad, con una superficie de 2.002,02 m2 , Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 13, Sección: 12, Manzana: 71, Parcela: 9, Distrito de zonificación: C1.
Artículo 2º.- Déjase constancia que la inscripción citada en el artículo precedente se otorga teniendo en cuenta los siguientes parámetros: ASAE: Tipo IV, LMP: 75 y 70 dBA
diurno y nocturno respectivamente, Nivel de Referencia: 100 dBA, Leq interno autorizado: 85 dBA; LINT: 74,1 dBA LM en punto próximo del taller del primer piso, LM: 65,5 dBA.
Artículo 3º.- Se establecen las siguientes condiciones a cumplir en el desarrollo de la actividad: 1 Verificar mediante monitoreos que los niveles sonoros continuos equivalentes generados en el interior del local no superen los 85 dBA. El titular de la actividad es responsable de dar cumplimiento a este item; 2 Contar con mediciones bianuales cada dos años del nivel sonoro continuo equivalente generado por el funcionamiento de la actividad de acuerdo a los procedimientos establecidos en los Anexos IV y V del Decreto N 740-GCBA-07, con el objeto de verificar el cumplimiento de los Límites Máximos Permisibles LMP establecidos en el Anexo III del mismo Decreto. Dichas mediciones podrán ser requeridas oportunamente por la Autoridad de Aplicación, o por los organismos con competencia en Fiscalizción y Control del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; 3 Instalar las maquinarias y/o equipos en forma adecuada y a la distancia necesaria de los muros perimetrales, a fin de evitar la transmisión de vibraciones hacia edificios linderos; 4 En relación a las construcciones linderas al establecimiento, el responsable deberá tomar las precauciones necesarias para que no se superen los valores de inmisión permitidos.
Artículo 4º-Establécese que el incumplimiento de las condiciones fijadas en el Artículo anterior y la comprobación de cualquier falsedad en la documentación y demás presentaciones exigidas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la Ley Nº 1.540.
Artículo 5º- Regístrese, notifíquese al interesado a quien se deberá otorgar copia de la presente Disposición, en la que se insertará el número de registro otorgado, dejándose

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 31/10/2011

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date31/10/2011

Page count147

Edition count5643

Première édition06/08/1996

Dernière édition06/08/2024

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