Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/10/2011

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3778 - 27/10/2011

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N56

RESOLUCIÓN N. 3571/MCGC/11
Buenos Aires, 29 de agosto de 2011
VISTO:
las Resoluciones Nº 650-MC-07 y 3604-MC-09, la Disposición 80-DGCG-09, la Ley Nº2.506 B.O.C.B.A. Nº2.824 y el Expediente Nº1.426.234-11, y,
CONSIDERANDO:

Que, por la citada actuación, la Tienda Cultural solicita la autorización para desvalorizar NOVECIENTOS 900 ejemplares del Libro Formación y Acción y CUARENTA 40
ejemplares del Libro Areas urbanas de valor patrimonial: potencialidades y dinámicas económicas para su distribución gratuita que fueran valorizados oportunamente por las Resoluciones Nº 3.604-MC-09 y 650-MC-07 respectivamente;
Que, por la citada Disposición se aprueba el circuito Administrativo, Contable y de Recaudación para centralizar en la Tienda Cultural dependiente de este Ministerio, todo el stock en existencia y de producción propia referente a artículos de Merchandising, Libros y Obras de Artes de todas las Areas, Dependencias y Reparticiones dependientes de este Ministerio Por ello, y teniendo en cuenta la Disposición 80-DGCG-09 y las facultades conferidas por las Ordenanzas Nº 25.702 B.M. 14.067 y 25.752 B.M. 14.081 y de acuerdo a lo normado por la Ley Nº 2.506 B.O.C.B.A. Nº2.824,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE

Artículo 1º.- Desvalorízanse la cantidad de NOVECIENTOS 900 ejemplares del Libro Formación y Acción y CUARENTA 40 ejemplares del Libro Areas urbanas de valor patrimonial: potencialidades y dinámicas económicas para su distribución gratuita que fueran valorizados oportunamente por las Resoluciones Nº 3.604-MC-09 y 650-MC-07
respectivamente.
Artículo 2º.- Modifícanse, en tal sentido, las normas citadas en el artículo precedente.
Artículo 3º.- Resérvase el DIEZ POR CIENTO 10 % de la cantidad total editada en ese Organismo, debiéndose remitir el NOVENTA POR CIENTO 90% restante a la Tienda Cultural de acuerdo a lo establecido en la Disposición 80-DGCG-09.
Artículo 4º.- Regístrese y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Tienda Cultural, a la Dirección General de Casco Histórico, quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y al Área de Fiscalización de la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Lombardi

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/10/2011

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date27/10/2011

Page count191

Edition count5635

Première édition06/08/1996

Dernière édition25/07/2024

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