Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/10/2011

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3778 - 27/10/2011

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N54

en los términos del artículo 9º inc. c de la Ley Nº 2.264.
Por ello y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 2.264 y el Decreto Nº 886-GCBA-07, EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE
Artículo 1º -Apruébase el proyecto denominado Taller Aventura con el auto mágico presentado por el señor Pablo Augusto Zuker DNI 04.405.165, por resultar el mismo de interés cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2º -Establécese que el financiamiento del proyecto aprobado alcanzará el 100% del monto solicitado, es decir la suma de $ 100.000.-.
Artículo 3º -Regístrese y pase, para su conocimiento, a la Subdirección Operativa Regímenes de Promoción Cultural quien deberá publicar la presente en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y notificar al interesado. Lombardi
RESOLUCIÓN N. 3040/MCGC/11
Buenos Aires, 26 de julio de 2011
VISTO:
El Expediente N 1069351-2011, y CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación, la agente de la Dirección General de Promoción Cultural, Dña. Andrea Silvana González, ficha 426.182, solicita licencia sin goce de haberes desde el 01 de julio del año en curso y por el término de un 1 año;
Que motiva la presente solicitud el tener que abocarse en primera instancia al cuidado de su hijo nacido en el mes abril próximo pasado y continuar con un tratamiento especializado en tratamiento del dolor, por padecer una discopatía de columna;
Que se estima conveniente proveer de conformidad con lo requerido.
Por ello y atento a las facultades conferidas mediante el Decreto Nº 1550-2008, EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE
Artículo 1º.- Otórgase la licencia sin goce de haberes, encuadrada en los términos del Decreto Nº 1550-2008, solicitada por la agente de la Dirección General de Promoción Cultural, Dña. Andrea Silvana González, ficha 426.182, desde el 01 de julio del año en curso y por el término de un 1 año.
Artículo 2º.- Regístrese y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Promoción Cultural, quien procederá a su publicación y a la Secretaría de Recursos Humanos. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Lombardi

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/10/2011

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date27/10/2011

Page count191

Edition count5635

Première édition06/08/1996

Dernière édition25/07/2024

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