Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 13/9/2011

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3747 - 13/09/2011

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N48

Artículo 3º.- Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148.
Artículo 4º.- Los solicitantes deberán arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96.
Artículo 5º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 3º y 4º de la presente, la misma carecerá de validez. Asimismo, no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerda separada en las Áreas correspondientes.
Artículo 6º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento, notificación fehaciente y demás efectos, pase a la Policía Federal Argentina, a la Policía Metropolitana, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, y de Ordenamiento del Espacio Público. Molinero
Ministerio de Salud
RESOLUCIÓN N. 1409/MSGC/11.
Buenos Aires, 25 de agosto de 2011
VISTO:
La Resolución N 766/MSGC/11, la Resolución N 320/GCBA/SS/97, el Decreto N
1286-PEN-2010, la Carpeta N 1586403/MSGC/2010 y el Expediente N 1425079/11, y;
CONSIDERANDO:
Que por Resolución 766/MSGC/11, fue creada una Comisión de análisis de las actividades de prevención, registro y atención en materia de oncología en el Sistema de Salud del Gobierno de la Ciudad;
Que la propuesta de creación de la Comisión se tramitó por Carpeta 1586403/MSGC/2010, en la que obra la documentación de constitución del Instituto Nacional del Cáncer y el informe del Dr. Gustavo Jankilevich como representante este Ministerio en la misma;
Que la citada Comisión tuvo como objetivos relevar los recursos y actividades de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 13/9/2011

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date13/09/2011

Page count234

Edition count5622

Première édition06/08/1996

Dernière édition05/07/2024

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