Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 30/8/2011

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3737 - 30/08/2011

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N22

RESOLUCIÓN N. 561/MJYSGC/11.
Buenos Aires, 23 de agosto de 2011
VISTO:
La Ley 2.947, los Decretos Nº 55/10 y Nº 261/10, la Resolución Nº 58/PMCABA/11, la Resolución Nº 357/MJYSGC/10, el Decreto 261/10, y CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 55/10, en el Artículo 1.2 de su Anexo 2 enumera entre las responsabilidades primarias de la Auditoría Externa Policial, la de Realizar las investigaciones administrativas correspondientes y sustanciar los sumarios administrativos;
Que el Decreto Nº 261/10, en su Artículo 8 dispone: La Auditoría Externa Policial realizará las investigaciones administrativas y sustanciará los sumarios solicitados por el Jefe de la Policía Metropolitana o el Ministro de Justicia y Seguridad, o en aquellos casos que se denuncien, o en los que se hayan presumido irregularidades, y el Artículo 10 faculta a la Auditoría Externa Policial a elaborar un proyecto de régimen procesal de investigaciones y sumarios administrativos;
Que tal mandato fue cumplido al publicarse la Resolución Nº 357/MJYSGC/10 en el Boletín Oficial Nº 3403 del 20 de Abril de 2010;
Que la Resolución Nº 58/PMCABA/11 ordena instruir sumario administrativo en el ámbito de la Dirección Control del Desempeño Profesional, a los efectos de esclarecer los hechos y deslindar la responsabilidad que pudiere corresponderle al Oficial Mayor Pedalino en relación a las conductas que se investigan en la causa Nº 7463 que tramita por ante el Juzgado de Instrucción Correccional Nº 3 de la localidad de Goya, Provincia de Corrientes y asimismo ordena, como medida preventiva, que el mentado agente pase a revistar en situación de disponibilidad, de acuerdo a lo previsto en los arts. 28
inc. b y 30 de la Ley 2947;
Que mediante nota de fecha 08 de agosto de 2011, la Auditoría Externa Policial solicita, en base a los argumentos de hecho y derecho esbozados en aquella pieza procesal, a los cuales me remito y doy por reproducidos en honor a la brevedad y por cuestiones de celeridad y economía procesal, que el agente de marras cambie su situación de revista y pase a revistar en situación de Servicio Pasivo - con efecto retroactivo - desde el día 10 de junio del corriente año hasta que recupere su libertad ambulatoria;
Que, por su parte, la Ley Nº 2947 prevé, en su artículo 28, el servicio pasivo como una situación en la que puede revestir el personal en actividad con estado policial;
Que el artículo 30 del mismo plexo normativo establece que el personal con estado policial revista en situación de servicio pasivo cuando permanece separado de las funciones y tareas ordinarias que le correspondían por su grado;
Que el art. 31 de dicho precepto legal establece que el personal policial revista en situación de servicio pasivo cuando no desempeña cargo o función alguna.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE
Artículo 1.- Ordenar que el Oficial Mayor Rubén José Pedalino L.P. 1024 DNI Nº 18.166.712, pase a revistar en situación de Servicio Pasivo, con efecto retroactivo,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 30/8/2011

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date30/08/2011

Page count126

Edition count5642

Première édition06/08/1996

Dernière édition05/08/2024

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