Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 7/4/2011

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3639 - 07/04/2011

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N81

Artículo 2º- El beneficiario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en el Art.
16 del anexo de la Resolución N 553-MCGC-2009.
Artículo 3º- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el monto otorgado en una Orden de Pago, a favor del peticionante, con domicilio constituido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su carácter de beneficiario del subsidio referido en el Artículo primero.
Artículo 4º- El beneficiario deberá comunicar fehacientemente la apertura de una cuenta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires a la Dirección General de Tesorería, destinada a efectos de lo expuesto en el artículo precedente, fecho lo cual, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires depositará la suma correspondiente.
Artículo 5º- El gasto que demande el presente será imputado a la respectiva partida presupuestaria del año 2009.
Artículo 6º- El beneficiario deberá incluir en toda publicación, obra, programa, proyecto o actividad la leyenda Realizado con el apoyo del Fondo Metropolitano de las Artes y las Ciencias del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 7º- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias que deberá notificar al beneficiario de los términos de la presente y del cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 4º de la misma, y a las Direcciones Generales de Contaduría y de Tesorería. Cumplido, archívese. Lombardi
RESOLUCIÓN N.º 4024/MCGC/09
Buenos Aires, 29 de diciembre de 2009
VISTO:
EL EXPEDIENTE Nº 1442046-09, LEY Nº 2506, LOS DECRETOS Nº 1020-GCBA-04, Nº 115-GCBA-05, Nº 2075-GCBA-07 Y LAS RESOLUCIONES Nº 553-MCGC-09 Y
737-MCGC-2009, Y
CONSIDERANDO:
Que, por los Decretos N 1020-GCBA-04 y N 115-GCBA-05 se ha aprobado y prorrogado respectivamente el Programa de Fomento Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias de la Ciudad de Buenos Aires, que tiene como objetivo general contribuir económica y financieramente mediante el otorgamiento de subsidios a personas físicas y jurídicas con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la concreción y sostenimiento de proyectos, programas o actividades vinculadas con el desarrollo y la difusión de la cultura, las artes y las ciencias en sus diversas manifestaciones;
Que, los Decretos mencionados en el considerando primero, delegaron en la entonces Secretaría de Cultura la facultad de conceder estos subsidios;
Que, conforme lo establecido por las Leyes Nº 1925 y Nº 2506, la Secretaría de Cultura ha sido reemplazada por el Ministerio de Cultura, siendo el titular de este último el funcionario facultado para otorgar los subsidios en el marco del Decreto 1020-GCBA-2004 y 115-GCBA-2005;
Que, mediante Decreto 350-GCBA-06 BOCBA Nº 2416 del 10/04/06, ha resultado suplido, dentro del Ministerio de Cultura, el Programa de Fomento Metropolitano de la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 7/4/2011

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date07/04/2011

Page count244

Edition count5626

Première édition06/08/1996

Dernière édition12/07/2024

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