Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 10/3/2011

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3621 - 10/03/2011

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N47

el procedimiento aplicable a los fines de resolver de manera definitiva los recursos administrativos interpuestos cuyo objeto es la incorporación al Registro de Licencias de Automóviles de Alquiler con Taxímetro;
Que el referido Decreto, en su artículo 2º inciso a establece que podrán ser incorporados al Registro de Licencias de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, aquellos titulares de reclamos y recursos administrativos que cuenten con antecedentes históricos en los Padrones de Licencias de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, anteriores al año 1.991, incluyendo a los que hubieren solicitado la presentación tardía al censo dispuesto por la Ordenanza Nº 43.880;
Que asimismo, el inciso b establece que podrán ser incorporados aquellos que hubieren prestado el servicio de taxímetro en el período de tiempo comprendido entre el 31 de diciembre de 2001 y el 01 de enero de 2004, conforme los requisitos y exigencias de la Ordenanza Nº 41.815;
Que el Decreto Nº 626/GCBA/2010, prorrogó el plazo de vigencia del referenciado Decreto Nº 55/GCBA/09, por el término ciento ochenta 180 días hábiles administrativos;
Que el Decreto Nº 55/GCBA/09 es la norma que actualmente rige en la materia, independientemente de la normativa que anteriormente se dictó con idénticos propósitos, y de lo actuado en consecuencia;
Que según información brindada por la empresa concesionaria SACTA S.A., surge que la señora Di Gloria, fue beneficiaria de un permiso precario provisorio y revocable en el período de tiempo estipulado en el artículo 2º inciso b del mencionado Decreto Nº 55/GCBA/09, y consecuentemente se encontró autorizada a prestar el servicio de taxímetro;
Que la cesión de derechos efectuada a favor del señor Acerbo se ha efectuado conforme los requisitos establecidos en el artículo 3º del Decreto Nº 55/GCBA/09;
Que por otro lado, la documentación obrante en el expediente y sus incorporaciones, no ha sido impugnada en cuanto a su veracidad y/o su autenticidad;
Que la Procuración General de la Ciudad tomó la intervención que corresponde según los términos de la Ley Nº 1.218.
Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por el Decreto Nº 2.075/GCBA/07, modificado por el Decreto Nº 508/GCBA/10, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto Nº 55/GCBA/09, prorrogado por el Decreto Nº 626/GCBA/10, EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO
RESUELVE
Artículo 1º.- Inclúyase al Registro de Licencias de Automóviles de Alquiler con Taxímetro el dominio C 1.131.905, o el que en su defecto corresponda por haberse efectuado el cambio de la unidad afectada al servicio, de titularidad del señor Carlos Alberto Acerbo, DNI Nº 14.951.308.
Artículo 2º.- Revócase el permiso provisorio, precario y revocable otorgado oportunamente para la prestación del servicio público de taxímetro individualizado como Expediente Nº 15.326/97.
Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte, y remítase a la Dirección General de Transporte, quien comunicará a la empresa concesionaria SACTA S.A., y notificará al interesado conforme los términos del Decreto Nº 1.220/GCBA/08. Cumplido, archívese.
Chaín

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 10/3/2011

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date10/03/2011

Page count185

Edition count5641

Première édition06/08/1996

Dernière édition02/08/2024

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