Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/12/2010

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3571 - 27/12/2010

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N36

Que la Ordenanza Nº 41.815, que regula el funcionamiento y control del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, en su artículo 6º dispone que La vigencia de la licencia de Taxi, para cada vehículo afectado al Servicio, será de un 1
año
Que asimismo, el artículo 44 de dicho cuerpo normativo establece que: De los plazos vencidos: En todos los casos de plazos vencidos se procederá a intimar al titular en el domicilio denunciado por el mismo, con notificación fehaciente de que tendrá un plazo de treinta 30 días para regularizar la situación caso contrario se procederá a la baja de la habilitación;
Que tal como lo prescribe el artículo 6º, la vigencia de la licencia de taxi resulta ser de un 1 año, debiendo procederse luego a su renovación, en los términos y condiciones previstos por la normativa aplicable a la materia;
Que no obstante la notificación fehaciente en los términos y bajo el apercibimiento que establece el artículo 44 de la Ordenanza Nº 41.815, el titular de la licencia Nº 10.190 no se presentó a regularizar la situación de la misma, encontrándose vencido el plazo otorgado para hacerlo;
Que la Ordenanza Nº 41.815 busca optimizar la prestación del servicio y tiende a lograr una mayor profesionalización de la actividad, al eliminar las distorsiones y los prestadores inapropiados, todo lo cual redunda en una mejor calidad de vida para los habitantes de la Ciudad, por lo tanto el ejercicio de la potestad sancionatoria que ella reconoce a la Administración preserva el interés público comprometido en la correcta prestación del servicio;
Que en tal sentido, la caducidad de la licencia responde a la finalidad de protección del interés público;
Que en consecuencia, atento al incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6º de la Ordenanza Nº 41.815, y toda vez que se ha verificado el vencimiento del plazo de intimación según los términos del artículo 44 de la citada Ordenanza sin que el licenciatario haya regularizado su situación, corresponde hacer efectivo el apercibimiento notificado, disponiendo la caducidad de la licencia;
Que la Procuración General de la Ciudad tomó la intervención que le corresponde según los términos de la Ley Nº 1.218.
Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por el Decreto Nº 2.075/GCBA/07, modificado por el Decreto Nº 508/GCBA/10, EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO
RESUELVE
Artículo 1º.- Dispónese la caducidad de la licencia Nº 10.190, con vehículo afectado dominio AKI 945, otorgada a favor del señor Tomás ALCANTARA, LE Nº 5.178.417, para la prestación del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro.
Artículo 2º.- Intímase al señor Tomás ALCANTARA, para que en el plazo de cinco 5
días hábiles de notificada la presente, acredite la eliminación de todas las señales distintivas de taxi del vehículo dominio AKI 945, y efectúe la devolución de toda la documentación habilitante de la licencia que pudiera estar en su poder ante la empresa concesionaria SACTA S.A., bajo apercibimiento de adoptar las medidas pertinentes con el auxilio de la fuerza pública.
Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Transporte, y remítase a la Dirección General de Transporte, quien comunicará a la empresa concesionaria SACTA S.A. para su anotación en el Registro Único del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro RUTAX, y notificará al interesado conforme los términos del Decreto Nº 1220/GCBA/08. Cumplido, archívese. Chain

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/12/2010

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date27/12/2010

Page count157

Edition count5625

Première édition06/08/1996

Dernière édition11/07/2024

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