Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 9/12/2010

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3560 - 09/12/2010

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N186

GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
PROCURACIÓN GENERAL
DIRECCIÓN DE ASUNTOS ESPECIALES
JUZGADO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO N 2 SECRETARIA 3
Comunicación - Registro N 1437392-PG-2010
Autos: Villa 31 y 31 Bis c/Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires s/Otros Procesos Incidentales, Expte. 31699/5
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 18 de noviembre de 2010.- I.- Toda vez que al momento de resolver sobre la aprobación del estatuto no se ha dejado constancia que, para las cuestiones que no se encontraran regladas en el mismo resulta de aplicación supletoria el Código Nacional electoral corresponde a clarar la resolución dictada a fs.
1098/1101 en el sentido indicado por lo que se agregará un artículo a continuación del art. 12 que deberá ser publicado conjuntamente con el estatuto referido y que consta del siguiente texto: Art 12. para todas las cuestiones que no se encuentran regladas en el presente reglamento, y en tanto no se contradigan con las disposiciones del mismo, resulta de aplicación supletoria el Código Nacional Electoral Ley 19945 y modificatorias Incorpórese al Registro de la Resolución que Modifica Dejando la Constancia Pertinente y Notifíquese por Secretaría con Habilitación de Días y Horas Inhábiles a la Procuración General de la Ciudad a fin de que Procedan a la Publicación del Mismo conjuntamente con la Resolución que Modifica. Notifíquese a los Habitantes de la Villa 31/31 Bis a Través de la Intervención. II.- En función de ello se hace saber que el voto resulta obligatorio para los habitantes de la Villa n 31, de conformidad con lo establecido en el art. 12 del Código Nacional Electoral.
Asimismo y teniendo en cuenta el objeto de las elecciones en ciernes y lo establecido en la Ley 3343, se hace saber que se expedirá un certificado de concurrencia por cada votante. Notifíquese por Secretaría a la Procuración General de la Ciudad y a los Habitantes de la Villa 31/31 Bis a Través de la Intervención. Fdo. Roberto Gallardo.
Juez Por ello, se solicita a la Secretaría Legal y Técnica la adopción de los recaudos pertinentes, e efectos de proceder a la publicación por tres 3 días en el Boletín Oficial de la CABA, de lo ordenado precedentemente, conjuntamente con el Estatuto referido.
Asimismo, se requiere que una vez efectuada la publicación ordenada, se informe de la misma a esta Procuración General, a fin de efectuar la correspondiente acreditación en autos.
Con lo expuesto, se remite solicitando a todas las áreas que intervengan en el tema, imprimir carácter de Muy Urgente Trámite.

Roberto Gallardo Juez
Fernando J. Conti Director de Asuntos Especiales Dirección General de Asuntos Institucionales Procuración General Ciudad de Buenos Aires OJ 143
Inicia: 9-12-2010

Vence: 13-12-2010

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 9/12/2010

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date09/12/2010

Page count186

Edition count5626

Première édition06/08/1996

Dernière édition12/07/2024

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