Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 12/8/2010

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3481 - 12/08/2010

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N13

agentes, por contar con las condiciones de edad y años de aportes, conforme los términos de los artículos 59 y 61 de la Ley Nº 471 y haber obtenido el pertinente beneficio jubilatorio;
Que es de hacer notar que según constancias presentadas por algunos de dichos agentes, los mismos reúnen los requisitos para acceder al incentivo establecido por el artículo 1 del Decreto N 232/2008;
Que por el mencionado artículo 1, se instituye por única vez, un incentivo no remunerativo, acorde los términos del artículo 7 de la Ley N 24241, para aquellos trabajadores del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que obtengan el beneficio jubilatorio, y conforme las condiciones fijadas en el mismo;
Que se incluye a todos los trabajadores comprendidos en la Ley Nº 471, que hubieran alcanzado los requisitos para obtener cualquier beneficio jubilatorio -Capítulo XIV, artículo 59, Inc. c de la citada Ley-, o los cumplieran hasta el 31 de marzo de 2009, previa aceptación expresa a la invitación efectuada por el citado Organismo a adherirse al régimen que nos ocupa;
Que en consecuencia resulta necesario otorgar a los involucrados un incentivo de acuerdo con el artículo 1 del Decreto N 232/2008 y su modificatorio Decreto Nº 763/2008, prorrogado por Decreto Nº 58/2009;
Por ello, conforme las atribuciones conferidas por el artículo 2 del Decreto Nº 637/2009, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
RESUELVE
Artículo 1º - Otórgase un incentivo de acuerdo con lo establecido en el artículo 1, del Decreto N 232/2008 y su modificatorio Decreto Nº 763/2008, prorrogado por Decreto Nº 58/2009, a las personas que se indican en el Anexo I, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución, a partir de la fecha en que fueron cesados por la norma legal que en cada caso se señala.
Artículo 2º - La ex-Dirección Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto en el artículo anterior.
Artículo 3º - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Administración de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Legorburu
ANEXO

RESOLUCIÓN N. 580/SUBRH/10.
Buenos Aires, 23 de julio de 2010
VISTO:
La Nota Nº 612405/SUBRH/2010, y teniendo en cuenta los términos de los Decretos Nros. 232/2008, 763/2008 y 58/2009, y CONSIDERANDO:
Que por el artículo 20 del Decreto Nº 232/2008, de fecha 25 de marzo de 2008, prorrogado por Decreto Nº 58/2009, de fecha 14 de enero de 2009, se delegó en la

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 12/8/2010

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date12/08/2010

Page count190

Edition count5639

Première édition06/08/1996

Dernière édition31/07/2024

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