Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/7/2010

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3464 - 20/07/2010

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N56

EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPONE
Artículo 1º.- Ampliar los términos de la Disposición Nº 206-DGSPR/2008, autorizando a la firma SEGURIDAD INTEGRAL EMPRESARIA S.A, a prestar servicios de seguridad privada en las categorías establecidas por la Ley Nº 1913 en su Artículo 3º, Punto 1Servicios con autorización de uso de armas de fuegoIncisos a Custodias personales, mercaderías en tránsito y en depósitos, b Vigilancia privada, en lugares fijos sin acceso al público.
Artículo 2º.-. La ampliación dispuesta en el artículo precedente no modifica el plazo de habilitación establecido en la Disposición antes mencionada, el cual vencerá indefectiblemente el día 28/08/2010.
Artículo 3º.-Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la ampliación concedida en el artículo primero.
Artículo 4º.-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese fehacientemente al interesado. Para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Seguridad Urbana, a la Agencia Gubernamental de Control, y hágase saber al Registro Nacional de Armas y a la División Armas y Agencias de la Policía Federal Argentina. Cumplido, archívese.- Silva
DISPOSICIÓN N.º 158/DGSPR/10.
Buenos Aires, 19 de mayo de 2010
VISTO:
la Ley Nº 1913 B.O Nº 2363; los Decretos Nº 446-GCBA/2006 B.O Nº 2436 y Nº 348GCBA/2009 B.O Nº 3165, y la Carpeta Nº 14-DGSPR/2010, y CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación administrativa tramita la solicitud de habilitación para desempeñarse como prestadora de servicios de seguridad privada en los rubros establecidos en el Artículo 3, Punto 2: Servicios sin autorización al uso de armas de fuego Incisos a, b y c, presentada por la empresa TOP SECURITY SEGURIDAD
PRIVADA S.R.L, con domicilio real y constituido en Avenida Nazca 4166, Piso 1º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la requirente ha designado Director Técnico en los términos del Artículo 17 y concordantes de la mencionada Ley al señor Juan Cristóbal Marín, L.E N 07.636.349;
Que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra supeditada a la habilitación previa de la firma interesada, conforme lo establecen los Artículos 9 Inciso c y 20 Inciso a de la Ley Nº 1913 y su reglamentación aprobada mediante Decreto Nº 446-GCBA/2006;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley Nº 1913 y por el Decreto Nº 446-GCBA/2006 para concederle su habilitación, como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Artículo 2º Inciso a del Decreto Nº 348GCBA/2009, por lo que corresponde el otorgamiento de su

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 20/7/2010

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date20/07/2010

Page count145

Edition count5621

Première édition06/08/1996

Dernière édition04/07/2024

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