Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 14/4/2010

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3399 - 14/04/2010

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N65

Que, en éste punto es imprescindible resaltar que el dictado de Resolución N
117/SSDE/09 ha encontrado sustento en las constancias obrantes en el expediente y en la normativa aplicable conforme surge de sus considerandos;
Que, en éste contexto, por medio de la Resolución N 132/SSPRODU/05 y sus modificatorias se establecieron las operatorias PROMIPYME Empresas en Marcha y PROMIPYME Nuevas Empresas, convocándose a aquel as por medio de la Resolución N 152/SSPRODU/05, fijando los mecanismos de implementación para el otorgamiento de préstamos, en el marco del Programa de Apoyo de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires PROMIPYME, creado por el Decreto N 384/03;
Que, mediante la Resolución N 261/SSPRODU/05, se aprobó el proyecto de los Sres.
Marcelo Gottlieb y Carla Cerezal, actualmente constituidos bajo la denominación BAENPAPEL S.A. la recurrente; asi como el otorgamiento del crédito por la suma de PESOS CIENTO SIETE MIL CIENTO CUARENTA Y UNO CON 69/100 $ 107.141,69, suscribiéndose el correspondiente contrato de préstamo con fecha 19 de enero de 2006, entre la ex Subsecretaría de Producción del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la recurrente, para ser aplicado exclusivamente al financiamiento del mismo, conforme lo establece la cláusula primera, pactándose la devolución del préstamo en cuarenta y dos 42 cuotas mensuales e iguales de PESOS DOS MIL
QUINIENTOS CINCUENTA Y UNO $2.551, en concordancia con la cláusula sexta Inc. a que establece: devolver en tiempo y forma el préstamo, según las cláusulas primera y segunda del presente contrato de préstamo Asumiendo, por medio del contrato dos obligaciones principales, la obligación de ejecutar el proyecto dentro del plazo aprobado, y devolver el dinero otorgado de conformidad con los términos y condiciones pactadas;
Que, debe señalarse al respecto, que por medio del citado contrato se formalizó la relación entre los firmantes, fuente de derechos y obligaciones de las partes, colocando al deudor BAENPAPEL S.A. en la situación de necesidad de cumplir por sí o por otro con la prestación a la que se obligó; y si el o no ocurriera, el acreedor Subsecretaría de Desarrol o Económico, posee en su esfera los medios legales previstos para procurarse el cumplimiento, conforme surge de su cláusula octava, en la cuál se constituye al Sr. Miguel Alejandro Sobek DNI 16.939.376 como fiador, codeudor solidario, liso, lano y principal pagador en los términos de la carta de fianza de fecha 26 de diciembre de 2005 con la correspondiente certificación de firmas por escribano; sustituyéndose la figura del fiador por la de la Sra. Carla Mariela Cerezal D.N.I 24.603.489, quién otorgó la carta fianza otorgada con fecha 12 de noviembre de 2007, formalizándose por medio de la suscripción de la ADDENDA con fecha 7 de diciembre de 2007 aprobada por Resolución N 117/SSPRODU/07;
Que, en éste punto cabe destacar que el desembolso del préstamo se efectivizó con fecha 14 de febrero de 2006, venciendo el plazo de gracia acordado inicialmente para el inicio del pago de las cuotas en agosto del 2007, conforme surge del informe del SIGAF obrante en los actuados;
Que, en concordancia con el espíritu de la normativa, se estableció el cronograma de pagos para efectivizar la devolución del préstamo, de conformidad con los términos pactados en el contrato de préstamo oportunamente suscripto; instituido en la cláusula segunda, la cual contemplaba un plazo de gracia de dieciocho 18 meses para iniciar el pago de las cuotas, debiendo haber sido abonada la primera de el as en el mes de septiembre de 2007;
Que, a fin de lograr una comprensión acabada de lo resuelto en éstos obrados y habiéndose analizado las cláusulas pertinentes del contrato citado, es imprescindible destacar como han ido acaeciendo los hechos;
Que, un mes antes del vencimiento para el pago de la primera cuota, con fecha 7 de junio de 2007, la recurrente y la entidad FUNPRECIT, presentaron una nota

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 14/4/2010

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date14/04/2010

Page count190

Edition count5621

Première édition06/08/1996

Dernière édition04/07/2024

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