Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 15/5/2009

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3175 - 15/05/2009

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N59

encuentran registrados en extraña jurisdicción tal como consta en los respectivos títulos de dominio acompañados en los actuados;
Que el peticionante articuló a fs. 26 Recurso de Reconsideración, el que fuera desestimado por Resolución Nº 569-SSEMERG/08 y contra esta interpone Recurso Jerárquico, correspondiendo en esta instancia su tratamiento de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 108 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que conforme surge de la Resolución impugnada, la autoridad de aplicación denegó el beneficio por cuanto el bien en cuestión tenía su radicación en la Provincia de Buenos Aires;
Que tal temperamento resulta adecuado toda vez que, en el caso de los bienes muebles registrables, es requisito para el otorgamiento del beneficio, la radicación de aquellos en esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, en la especie, el automotor de referencia se encuentra radicado en otra jurisdicción, tal como se consigna en los considerandos del acto que resolvió el Recurso de Reconsideración, en virtud de lo cual se debe concluir que el acto denegatorio se ajusta a derecho tanto en lo formal como en lo substancial y por ende corresponde desestimar el Recurso Jerárquico intentado;
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la debida intervención, emitiendo el Dictamen Nº 69.873-PG/09.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias, EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE
Artículo 1º.- Desestímase el Recurso Jerárquico interpuesto por el Sr. Bernardo Luis Azabal, DNI Nº 14.320.249 contra la Resolución Nº 569-SSEMERG/08.
Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Emergencias. Cumplido, archívese. Montenegro
RESOLUCIÓN Nº 429 - MJYSGC/09
Buenos Aires, 5 de mayo de 2009.
VISTO: El Expediente Nº 41.707/08, y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita la solicitud del subsidio previsto por la Ley Nº 1.575, formulada por el Sr. Gustavo José Monachesi, DNI Nº 12.497.589, en su carácter de apoderado de la firma LANFINA Sociedad Anónima, en virtud de los daños alegados respecto del automotor, propiedad de la Sociedad, dominio EAW 856, como consecuencia del fenómeno meteorológico producido el 2 de marzo de 2008;
Que mediante Resolución Nº 290-SSEMERG/08 se denegó la solicitud del subsidio peticionado, con fundamento sustancial en: Que en su oportunidad los interesados no dieron cumplimiento con los requisitos previstos en el Art. 3º de la Ley mencionada, toda vez que no acreditaron fehacientemente, mediante el respectivo libre deuda emitido por la Dirección General de Rentas, la falta de mora en el pago de los tributos establecidos en la Ley Fiscal, correspondiente a los bienes denunciados como

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 15/5/2009

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date15/05/2009

Page count184

Edition count5620

Première édition06/08/1996

Dernière édition03/07/2024

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