Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 15/5/2009

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3175 - 15/05/2009

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N29

personas afectadas por fenómenos meteorológicos, que sufran daños en los bienes muebles, inmuebles y registrables, debiéndose, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 3: a Acreditar titularidad dominial respecto del bien que hubiere sufrido daño;
c Que acredite el motivo por el cual dicho bien se encontraba en la zona de la inundación o anegamiento;, fijando en el Art. 4 el plazo para solicitar el subsidio debe solicitarse dentro de los siete 7 días corridos de producido el daño, plazo a partir del cual el Poder Ejecutivo procederá a realizar la verificación del o los daños ocasionados y determinará previo dictamen de los organismos técnicos competentes, el monto de subsidio a otorgar
Que asimismo el Artículo 2 del Decreto 1.452/06, modificatorio del Artículo 5 del Anexo I del Decreto N 1.286/05, dispone: Inicio del Procedimiento. Los damnificados deben completar el formulario Solicitud de Subsidio Ley N 1.575 y presentarlo, por duplicado, ante la Dirección General Mesa General de Entradas Salidas y Archivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el plazo perentorio de siete días corridos desde la fecha de producción del daño. Con dicha solicitud se debe acompañar, en todos los casos: a título original del bien afectado y copia, la que será certificada por el funcionario receptor del trámite
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la debida intervención mediante Dictamen PG N 069.251/09, manifestando que se debe desestimar el Recurso Jerárquico implícito, debido a que la solicitante no acompañó los elementos requeridos por la normativa vigente para acceder al subsidio, omitiendo acreditar la titularidad del automotor denunciado como dañado, entre otras omisiones incurridas.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias, EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
RESUELVE
Artículo 1.- Desestímese el Recurso Jerárquico implícito interpuesto por la Sra. Natalia Denise Schein, D.N.I.: 26.057.420, contra la Resolución N 229-SSEMERG/08 que deniega el otorgamiento del subsidio.
Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Notifíquese a la parte interesada y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de Emergencias. Cumplido, archívese. Montenegro
RESOLUCIÓN N 186 - SSSU/09
Buenos Aires, 22 de abril de 2009
VISTO: El Decreto N 2075-GCBA-2007, Resolución N 558-SsSU-SsPyCEP-SSTyT2006 y la Nota N 410105-PMREYAE-2009, y CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y avenidas y el desvío del tránsito vehicular resultante, como así también la coordinación y ejecución de las acciones que requieran el apoyo de la Fuerza Pública en ejercicio

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 15/5/2009

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date15/05/2009

Page count184

Edition count5630

Première édition06/08/1996

Dernière édition18/07/2024

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