Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 24/4/2009

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3161 - 24/04/2009

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N18

no resulta alcanzada por las previsiones del Estatuto Docente debiendo la recurrente adecuar el cumplimiento de sus funciones a la jornada de laboral establecida por el artículo 38 de la citada Ley y su Decreto reglamentario N 153/GCBA/02, en treinta y cinco 35 horas o cuarenta 40 horas semanales de acuerdo al cargo desempeñado;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires habiendo tomado la intervención que le compete, consideró pertinente desestimar el recurso interpuesto;
Que en tal sentido, mediante la Resolución N 4856/MEGC/2008, se desestimó el recurso de reconsideración interpuesto por la interesada y habiéndose notificado a la misma, no procedió a ampliar sus fundamentos;
Que de conformidad con lo expuesto y teniendo en cuenta que la quejosa no ha aportado elementos de hecho y de derecho que permitan rever el acto impugnado, corresponde desestimar el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de reconsideración.
Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1. - Desestimase el recurso jerárquico en subsidio del de reconsideración interpuesto por la agente Alicia Lucía Castagnola, D.N.I. N 5.087.159 F.M. N 330.770, contra los términos de la Resolución N 511/MEGC/06.
Artículo 2. - El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Educación y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires quien deberá poner en conocimiento del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N 3, Secretaría N 5, en los autos Castagnola Alicia Lucía c/ GCBA s/ Medida Cautelar, Expediente N 18.336/1, los términos del presente Decreto, y para su conocimiento y demás efectos pase al Ministerio de Educación, quien deberá practicar fehaciente notificación a la recurrente haciéndole saber que se encuentra agotada la instancia administrativa, sin perjuicio de que podrá interponer el recurso de reconsideración previsto en el artículo 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,. Cumplido, archívese. MACRI
- Narodowski - Rodríguez Larreta
DECRETO N 342/09
Buenos Aires, 21 de abril de 2009.
VISTO: El Expediente N 18.186/09, y CONSIDERANDO:
Que, por la Ley N 2.506, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, por Decreto N 2.075/07 y sus modificatorios, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 24/4/2009

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date24/04/2009

Page count176

Edition count5630

Première édition06/08/1996

Dernière édition18/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Abril 2009>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930