Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/3/2009

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3144 - 27/03/2009

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N23

interpuesto por la agente Alejandra Beatriz Bagnati, D.N.I. N 13.736.332, F. M. Nº 363.294, contra los términos de la Resolución Nº 511/MEGC/06.
Artículo 2º. - El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Educación y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 3º.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos pase al Ministerio de Educación, quien deberá practicar fehaciente notificación a la recurrente haciéndole saber que se encuentra agotada la instancia administrativa, sin perjuicio de que podrá interponer el recurso de reconsideración previsto en el artículo 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archívese. MACRI
- Narodowski - Rodríguez Larreta
DECRETO N 216/09
Buenos Aires, 25 de marzo de 2009.
VISTO: el Expediente N 5309/2009 y;
CONSIDERANDO:
Que los Sistemas de Residencias del Equipo de Salud, aprobado por Ordenanza N
40.997 B.M. N 17.720, de Apoyo al Equipo de Salud, aprobado por Ordenanza N
41.793 B.M. N 17.969, y de Enfermería, aprobado por Ordenanza N 45.146 B.M.
N 19.142, sus modificatorias y decretos reglamentarios, constituyen sistemas remunerados de capacitación de postgrado;
Que por aplicación de los artículos 4 de la Ordenanza N 40.997, 5 de la Ordenanza N 41.793 y 4 de la Ordenanza N 45.146 queda establecida la obligatoriedad del ingreso por concurso para cubrir plazas de residentes, siendo el Órgano Ejecutivo responsable del llamado a concurso anual, por lo que en consecuencia, surge la necesidad de dictar la norma legal que determine las áreas y cupos correspondientes a cada residencia;
Que en consecuencia, el Ministerio de Salud, a través de la Ex Dirección de Capacitación Profesional y Técnica, ha organizado el llamado a concurso para el ciclo lectivo 2009, fijando las condiciones y cronogramas que regularán el desarrollo del mismo;
Que la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, dependiente del Ministerio de Hacienda, tomará los recaudos necesarios para la provisión presupuestaria para el ejercicio vigente;
Que por Ordenanza N 43.316 B.M. N 18.506, se prevé la actualización de los Sistemas de Residencias, facultando a tal fin al Órgano Ejecutivo para la creación de nuevas residencias y la modificación de la duración de las existentes;
Que por los presentes actuados el Ministerio de Salud propicia la creación de la residencia post básica general Procuración y Trasplante de Órganos y Tejidos dada la necesidad de profesionalizar la labor del Coordinador Hospitalario, ejercido actualmente por un profesional especializado en Clínica Médica, Nefrología, y/o de Terapia Intensiva, que debe además integrar los conocimientos técnicos y científicos referidos a trasplante de órganos y tejidos, seguimiento y evaluación de tratamiento de los pacientes trasplantados, que requieren una formación y capacitación en servicio

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 27/3/2009

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date27/03/2009

Page count166

Edition count5636

Première édition06/08/1996

Dernière édition26/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Marzo 2009>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031