Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 23/10/2006

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 2549

Boletín Ocial de la Ciudad de Buenos Aires
23/10/2006

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Decretos DECRETO N 1.656
Ratica acta acuerdo entre el Ministerio de Salud y la Asociación de Lucha Contra la Bulimia y Anorexia y Otros Trastornos Alimentarios Buenos Aires, 10 de octubre de 2006.
Visto el Expediente N 44.888/06, y CONSIDERANDO:
Que por la actuación mencionada tramita el acta acuerdo celebrada el 20 de julio de 2006, entre la Asociación de Lucha Contra la Bulimia y Anorexia y Otros Trastornos Alimentarios "ALUBA" y el Ministerio de Salud de este Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, la citada acta acuerdo fue suscripta con el objeto de arbitrar los medios para otorgar un lugar donde la mencionada asociación pueda continuar su labor de marcada trascendencia social, teniendo en cuenta el interés superior de los pacientes que se asisten en ella, postergando lo dispuesto por Decreto N 562/06;
Que, con fecha 11 de julio de 2006, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires comunicó la resolución recaída en los autos caratulados "ALUBA Asociación de Lucha Contra la Bulimia y Anorexia s/Concurso Preventivo", en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia Comercial N 23, Secretaría N 45, por la cual se rechazó la medida de no innovar interpuesta por ALUBA en relación al desalojo administrativo dispuesto por el citado decreto;
Que, sin perjuicio de la resolución referida, el juzgado interviniente, teniendo en cuenta que ALUBA es una institución sin nes de lucro que realiza actividades de interés social, dispuso ocio al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a efectos de requerir arbitre los medios para otorgar otro predio donde la mencionada asociación pueda continuar su labor, postergando hasta que ello ocurra el desalojo;
Que mediante Informe N 21.168-MSGC/06 se comunicó a la Dirección de Gestión Dominial de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, que se encontraban en estudio alternativas para otorgar a la mencionada asociación el uso, a título precario, de un nuevo espacio físico para proseguir su labor a n de garantizar la continuidad del tratamiento de los pacientes que allí se asisten;
Que en el mismo orden de ideas, corresponde señalar que, si bien los servicios brindados por la entidad podrían ser absorbidos por las áreas de salud mental de los efectores del Subsector Estatal del Sistema de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, la derivación sólo podría concretarse en forma gradual a n de no afectar la continuidad del tratamiento, esencial para la recuperación de la patología de las pacientes;
Que, no es menor destacar que la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con fecha 15 de junio de 2006 mediante Declaración N 155/06 expresa su preocupación por la medida dispuesta por el Poder Ejecutivo a través del Decreto N 562/06
y considera que no corresponde disponer el desalojo sin prever alternativas de atención para los pacientes;
Que la Subsecretaría de Escribanía General indica que el in-

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mueble en cuestión se encuentra bajo la órbita del Ministerio de Salud;
Que en su artículo 82, la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, señala que con la mayoría de los dos tercios del total de sus miembros, el Poder Legislativo aprueba transacciones, dispone la desafectación del dominio público y la disposición de bienes inmuebles de la ciudad;
Que, asimismo, el citado artículo establece que la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprueba toda concesión, permiso de uso o constitución de cualquier derecho sobre inmuebles de dominio público de la ciudad por más de cinco años;
Que por las circunstancias precedentemente enunciadas se ha procedido a cumplimentar la manda judicial mediante la suscripción del acta acuerdo que nos ocupa;
Que, por lo expuesto, en los términos del artículo 19 de la Ley de Procedimientos Administrativos, Decreto N 1.510/97
B.O.C.B.A. N 310, corresponde dictar el acto administrativo de raticación del acta acuerdo suscripto el día 20 de julio de 2006
por el señor Ministro de Salud y por la Asociación de Lucha Contra la Bulimia y Anorexia y Otros Trastornos Alimentarios;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires tomó intervención de conformidad con los términos de la Ley N 1.218 B.O.C.B.A. N 1850;
Por ello, en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1 - Ratifícase el acta acuerdo suscripta el día 20 de julio de 2006 entre el señor Ministro de Salud, Dr. Alberto De Micheli y la Asociación de Lucha Contra la Bulimia y Anorexia y Otros Trastornos Alimentarios, representada por su Vicepresidente, Sra. Olga Inés Pawluczyk de Fillol, cuya copia certicada obra como Anexo y forma parte integrante del presente.
Artículo 2 - Dése intervención a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido por el artículo 82, inc. 5 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3 - El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda.
Artículo 4 - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Ocial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento, noticación y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, quien deberá dar intervención a la Subsecretaría de Escribanía General de conformidad con lo establecido por el Decreto N 8.258MCBA/87 A.D. 221.26 y a la Dirección General de Coordinación de Asuntos Legislativos. Cumplido, archívese. TELERMAN - De Micheli - Nielsen
Se solicita a todos los organismos estatales de la Ciudad de Buenos Aires cuyos integrantes aparezcan mencionados en la tapa o contratapa del Boletín Ocial, se sirvan informar periódicamente por nota de estilo, los cambios de autoridades que pudieran producirse.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 23/10/2006

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date23/10/2006

Page count56

Edition count5643

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