Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 6/5/2003

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Página N 10

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1 - Amplíase, con carácter experimental y evaluativo por el término de noventa 90 días corridos, las disposiciones del Decreto-Ordenanza N 10.407/47 B.M. N 8.174, texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, asignando sentido único de circulación al siguiente tramo de arteria en la forma que se indica:
Av. Gaona: de Carrasco a Gómez de Fonseca de Oeste a Este.
Artículo 2 - Permítase con carácter experimental y evaluativo por el término de noventa 90 días corridos, el estacionamiento general de vehículos en la Av. Gaona junto a la acera izquierda, en las dársenas construidas al efecto, de la forma que se indica:
Av. Gaona: entre Carrasco y Gómez de Fonseca a 45 junto.
Av. Gaona: entre Gómez de Fonseca y Belén en forma paralela.
Artículo 3 - Encomiéndase al Ente de Mantenimiento Urbano Integral y a la Dirección General de Tránsito y Transporte, por intermedio del Área de Obras Complementarias, a materializar las tareas de demarcación horizontal y señalamiento vertical correspondientes.
Artículo 4 - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos de la Ley N 217, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, comuníquese a la Policía Federal Argentina, a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y para su conocimiento y demás fines pase a la Dirección General de Tránsito y Transporte. Cumplido, archívese. Fatala
RESOLUCIÓN N 351

PROHÍBESE, LOS DÍAS DOMINGOS, LA
CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
EN UN TRAMO DE LA COSTANERA SUR
Buenos Aires, 22 de abril de 2003.

N 1684

6/5/2003

Que el tramo de dicha avenida, comprendido entre la Av. Elvira Dellepiane y el Boulevard Azucena Villaflor, resulta adecuado para cerrar su calzada al tránsito automotor destinándolo exclusivamente a la circulación en ambos sentidos de vehículos no automotores, pues no dispone de frentistas y hallándose cercana la Av. Calabria como alternativa para encauzar tanto la circulación como el estacionamiento de automotores;
Que dado los fines de este proyecto, sería conveniente establecer su vigencia sólo los días domingos, en el horario de 9 a 17
horas, por cuanto el tránsito pasante es escaso e importante la demanda de recreación de la población, Que los conductores de automotores serán advertidos de esta modalidad mediante la instalación de carteles y vallas, así como con la presencia de personal afectado exclusivamente, a fin de brindar seguridad a peatones, conductores y ciclistas;
Por ello, conforme con las facultades otorgadas por la Ley N 217 y el Decreto N 515/2000, EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1 - Prohíbese, la circulación de vehículos automotores los días domingos de 9 a 17 horas, en la Costanera Sur, Av. Dr.
Tristán Achával Rodríguez, entre la Av. Elvira Dellepiane y Boulevard Azucena Villaflor.
Artículo 2 - Autorízase la circulación de bicicletas y otros vehículos no motorizados en doble sentido por la calzada del tramo de arteria citado en el Art. 1, respetando las normas generales de circulación e indicaciones de la Autoridad de Aplicación.
Artículo 3 - Autorízase a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte a fijar la fecha de implementación del presente ordenamiento que tiene carácter experimental y evaluativo por el término de noventa 90 días, una vez instalado el señalamiento ilustrativo correspondiente.
Artículo 4 - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro de los términos de la Ley N 217, comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, a la Policía Federal Argentina, al Centro de Gestión y Participación N 1, a Autopistas Urbanas S.A., a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Tránsito y Transporte. Cumplido, archívese. Fatala
Visto la Nota N 601/SSTYT/2003, y CONSIDERANDO:
Que la Subsecretaría de Tránsito y Transporte propone con carácter experimental y evaluativo fomentar la utilización de vehículos no motorizados con fines recreacionales restringiendo el tránsito vehicular;
Que en la Ciudad de Buenos Aires se viene produciendo un fuerte incremento en el uso de bicicletas y rodados similares, tanto con fines de transporte como recreativos los fines de semana;
Que experiencias recogidas en otras ciudades del mundo marcan que se trata de una modalidad que se reitera, procurando satisfacerla mediante la implementación de las llamadas ciclovías, como así también mediante el cierre al tránsito automotor de arterias en determinados períodos para afectarlas al uso de rodados no motorizados y tránsito peatonal;
Que en todos los casos, la afectación de la calzada de arterias para uso exclusivo de los rodados no motorizados debe llevarse a cabo en vías que dispongan de otras cercanas para derivar el tránsito pasante y en períodos con demanda potencial de los usuarios de tales vehículos;
Que en la Costanera Sur Av. Dr. Tristán Achával Rodríguez, se ha comprobado un notorio uso de bicicletas y rodados no automotores que utilizan tanto la calzada como la vereda, donde generan riesgos a los peatones, al compartir dicho espacio público;

Secretaría de Gobierno y Control Comunal
RESOLUCIÓN N 195

DÉJASE CESANTE A LA SRA. GRACIELA B.
MARINARO DE LATEULADE, AGENTE DE LA D.G.
DE ADMINISTRACIÓN DE INFRACCIONES
Buenos Aires, 7 de abril de 2003.
Visto el Expediente N 73.621/2000, y CONSIDERANDO:
Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ordenó mediante Resolución N 1.231/PG/2000, la instrucción del Sumario N 621/00, ordenado para investigar y deslindar responsabilidades respecto de los hechos que emergen

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 6/5/2003

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date06/05/2003

Page count32

Edition count5640

Première édition06/08/1996

Dernière édition01/08/2024

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