Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 25/4/2003
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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N 30
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Notificación La Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano notifica al Sr. Brígido Burgos, D.N.I. N 5.658.961
de los términos de la Resolución N 210/
SMAYPU/02: " Art. 1 -Desestímanse los reclamos deducidos por Crispín Ortega Ayala D.N.I. N 60.225.778, Cristina Marta Nuridín, D.N.I. N 11.530.103, Julio Aurelio Elva, D.N.I. N 17.499.446, Brígido Burgos, D.N.I. N 5.658.961, Claudio Marcelo Gaitán, D.N.I. N 16.949.298, Armando Ernesto Saavedra Pino, D.N.I. N 17.083.814
y José López, D.N.I. N 93.358.760, quienes intimaron al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a regularizar su situación laboral, por no existir ni haber existido vínculo laboral que una a los reclamantes con esta Administración, careciendo de sustento sus argumentaciones en el sentido de haberse visto obligados a aceptar contratos de locación de servicios, sin relación de dependencia, por haber admitido los mismos tal prestación de servicios, prestando su conformidad a las condiciones contractuales, sin haber impugnado el acto que dio lugar a la relación contractual, ello en virtud del principio jurídico que desaprueba conductas contradictorias."
Se informa que, conforme los términos del Art. 60 del Decreto N 1.510/GCBA/97, el interesado podrá interponer recursos de reconsideración y jerárquico en subsidio, atento lo dispuesto en los Arts. 103 y 109
del citado Decreto, dentro de los 10 y 15
días respectivamente de notificado.
Queda Ud. notificado.
Jorge E. de la Cruz Director Legal EO 234
Inicia: 25-4-2003
Vence: 29-4-2003
Intimaciones SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y
PLANEAMIENTO URBANO
Dirección General de Higiene Urbana Registro N 266/CGP5/97.
Intímase al propietario del inmueble sito en la calle J. M. Thome 3590, a realizar la higienización, desmalezamiento y construcción de cerca reglamentaria del mismo, dentro de los diez 10 días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art. 11
de la Ordenanza N 33.581, B.M. N 15.540
AD 470.2 la que establece que: Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene,
salubridad y estética, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.
Gabriela Faustinelli de Vanoli Directora General EO 220
Inicia: 21-4-2003
Vence: 25-4-2003
25/4/2003
de lo preceptuado en tal sentido por el Art.
11 de la Ordenanza N 33.581, B.M. N
15.540 AD 470.2 la que establece que:
Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.
Gabriela Faustinelli de Vanoli Directora General
Intimación Nota N 11.306/DGHUR/02.
Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Pieres 514/16, a realizar la higienización y desmalezamiento del mismo, dentro de los diez 10 días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art.11 de la Ordenanza N 33.581, B.M. N 15.540 AD
470.2 la que establece que: Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.
Gabriela Faustinelli de Vanoli Directora General EO 221
Inicia: 21-4-2003
N 1678
Vence: 25-4-2003
EO 223
Inicia: 21-4-2003
Vence: 25-4-2003
Intimación Nota N 5.126/DGPCA/97.
Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Dr. Pedro Ignacio Rivera 5850, a realizar la higienización, desmalezamiento y reparación de acera del mismo, dentro de los diez 10 días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art.11 de la Ordenanza N 33.581, B.M. N 15.540
AD 470.2 la que establece que: Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.
Intimación Nota N 11.309/DGHUR/02.
Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Cañada de Gómez 2452, a realizar la higienización y desmalezamiento del mismo, dentro de los diez 10 días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art. 11 de la Ordenanza N 33.581, B.M.
N 15.540 AD 470.2 la que establece que:
Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.
Gabriela Faustinelli de Vanoli Directora General EO 222
Inicia: 21-4-2003
Vence: 25-4-2003
Intimación Nota N 11.250/DGHUR/02.
Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Aconcagua 5835, a realizar la higienización y desmalezamiento del mismo, dentro de los diez 10 días de publicado el presente Edicto, en el marco
Gabriela Faustinelli de Vanoli Directora General EO 224
Inicia: 21-4-2003
Vence: 25-4-2003
Intimación Nota N 19.139/DGSP/98.
Intímase al propietario del inmueble sito en la calle Cervantes 2482, a realizar la higienización y desmalezamiento del mismo, dentro de los diez 10 días de publicado el presente Edicto, en el marco de lo preceptuado en tal sentido por el Art.11
de la Ordenanza N 33.581, B.M. N 15.540
AD 470.2 la que establece que: Todo propietario de terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y estética, bajo apercibimiento de aplicación de una multa y la ejecución de los trabajos mencionados por Administración y a su costa.
Gabriela Faustinelli de Vanoli Directora General EO 230
Inicia: 24-4-2003
Vence: 30-4-2003