Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 25/3/2003

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 1658

25/3/2003

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N 25

EL DIRECTOR GENERAL
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPONE:

Disposiciones
Secretaría Jefe de Gabinete
DISPOSICIÓN N 38 - DGSSP

CONCÉDESE HABILITACIÓN POR UN AÑO A
ELEFOUR S.A. PARA PRESTAR SERVICIOS DE
SEGURIDAD PRIVADA
Buenos Aires, 13 de marzo de 2003.
Visto la Ley N 118 B.O. N 607, modificada por la Ley N 963
B.O. N 1603, su Decreto Reglamentario N 1.133/GCBA/2001
B.O. N 1260, el Decreto N 627/GCBA/2002 B.O. N 1470 y la Carpeta Interna N 245/DGSSP/2002 y,
Artículo 1 - Concédese habilitación por el término de un año a Elefour S.A., sin autorización de uso de armas, para desempeñarse como prestadora de servicios de vigilancia privada y custodias personales, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N 118, modificada por Ley N 963 y su Decreto Reglamentario N 1.133/GCBA/
2001.
Artículo 2 - Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la habilitación concedida en el artículo precedente.
Artículo 3 - Déjase establecido que el inicio de la actividad habilitada estará sujeto a la presentación de las altas de personal y de objetivos protegidos en los términos exigidos por el Art. 8, incisos d y e y el Art.11 de la Ley N 118 y su modificatoria N 963, como así también al cumplimiento de lo establecido en el Art. 16 de la mencionada Ley.
Artículo 4 - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese fehacientemente al interesado. Para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Verificaciones y Control de la Secretaría de Gobierno y Control Comunal. Cumplido, archívese. Rizzo
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación administrativa tramita la solicitud de habilitación para desempeñarse como prestadora de servicios de vigilancia privada, custodias personales, y custodia y transporte de bienes y valores, Art. 2, incisos a, b y c Ley N 118
texto anterior oportunamente presentada por Elefour S.A., con domicilio real en Amenábar 579 PB Ofic. "D", y constituyendo el legal en Húsares 2248, piso 8 Dpto. A, ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en la actualidad y en virtud de las disposiciones de la Ley N 963 B.O. N 1603, modificatoria de la Ley N 118, las categorías que se encuentran vigentes son: vigilancia privada y custodias personales Art. 2, Incs. a y b de la referida Norma Legal, resultando procedente adecuar en tal sentido el requerimiento formulado por la presentante;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante, surge que reúne los requisitos exigidos por la Ley N 118, modificada por la Ley N 963 y su Decreto Reglamentario N 1.133/GCBA/2001 para concederle la respectiva habilitación por el término de un año;
Que la requirente ha designado Director Técnico en los términos de los Arts. 14 y concordantes de la mencionada Ley, al señor Jorge E. Landa, DNI 4.544.296;
Que la solicitante ha acreditado el pago de los aranceles correspondientes, de acuerdo a lo establecido por el Decreto N 627/
GCBA/2002;
Que en atención a lo manifestado en los párrafos precedentes, resulta pertinente otorgar a Elefour S.A. la habilitación de la actividad como prestadora de servicios de seguridad privada, sin perjuicio de la obligación que le cabe a la solicitante de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 5, Inc. g de la Ley N 118 y su modificatoria N 963, una vez concluido el trámite ante la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, cuya constancia de inicio acompaña;
Que por otra parte, el inicio de la actividad habilitada estará sujeto a la presentación de las altas de personal y de objetivos protegidos, en los términos exigidos por el Art. 8, Incs. d y e y el Art.
11 del texto legal de aplicación y al cumplimiento de lo establecido en el Art. 16 de dicha norma;
Por ello, de acuerdo a lo previsto en la Ley N 118, modificada por Ley N 963 y su Decreto Reglamentario N 1.133/GCBA/2001
y en uso de las facultades conferidas por el Art. 2 del Decreto N 104/GCBA/2002,
DISPOSICIÓN N 39 - DGSSP

CONCÉDESE HABILITACIÓN POR UN AÑO A
SEGURIDAD TAVI S.A. PARA PRESTAR
SERVICIOS DE SEGURIDAD PRIVADA
Buenos Aires, 13 de marzo de 2003.
Visto la Ley N 118 B.O. N 607, modificada por Ley N 963
B.O. N 1603 su Decreto Reglamentario N 1.133/GCABA/2001
B.O. N 1260, el Decreto N 627/GCBA/2002 B.O. N 1470 y la Carpeta N 61/DGSSP/2002 y, CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación administrativa tramita la solicitud de habilitación para desempeñarse como prestadora de servicios de vigilancia privada, de custodias personales y de custodia y transporte de bienes y valores, Art. 2, incisos a, b y c Ley N 118 -conforme texto anterioroportunamente presentada por la empresa Seguridad Tavi S.A., con domicilio real y legal en Av.
Perón 2143 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en la actualidad y en virtud de las disposiciones de la Ley N 963 B.O. N 1603, modificatoria de la Ley N 118, las categorías que se encuentran vigentes son: vigilancia privada y custodias personales Art. 2, Incs. a y b de la referida Norma Legal, resultando procedente en consecuencia adecuar en tal sentido el requerimiento formulado por la presentante;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación aportada por la solicitante, surge que reúne los requisitos exigidos por la Ley N 118, modificada por Ley N 963 y su Decreto Reglamentario N 1.133/GCBA/2001 para concederle la habilitación requerida y darle de alta en la actividad;
Que la requirente ha designado Director Técnico en los términos de los Arts. 14 y concordantes de la mencionada Ley, al señor Osvaldo Peci, DNI 4.172.736;
Que la solicitante ha acreditado en forma fehaciente ante esta Dirección General encontrarse inscripta como Usuario Colectivo,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 25/3/2003

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date25/03/2003

Page count40

Edition count5636

Première édition06/08/1996

Dernière édition26/07/2024

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