Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 2/1/2003

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Página N 18

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
de su Anexo N 1 y que una vez realizadas de acuerdo a la descripción y observaciones técnicas establecidas se procedería a devolver la póliza de caución y su endoso de acuerdo a lo establecido por la normativa citada en el primer considerando;
Que, la referida empresa solicitó mediante nota, Registro N 17.195/SOYSP/02 la devolución de la póliza de Caución N 665.278 emitida por la Cnía. Aseguradora de Créditos y Garantías S.A. y sus endosos Nros. 2 y 4;
Que, el área a cargo procedió a inspeccionar según un muestreo de las obras identificadas como Sector Fase I correspondiente a los meses de Julio y Agosto del 2000, encontrándose en perfecto estado de transitabilidad, autorizando la devolución del endoso N 2 correspondiente al período inspeccionado;
Que, empeñada en resolver en forma rápida y eficaz los graves deterioros ocasionados en las calzadas de la Ciudad a raíz de obras mal finalizadas por empresas prestatarias de servicios públicos y privadas, EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESUELVE:

N 1600

2/1/2003

Que se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos por el monto estimado para la presente obra $ 83.680,40;
Que, mediante Disposición N 230/DGAYL/2002 se dispuso el llamado a Licitación Privada por el Régimen de Obra Menor N 76/2002
para el día 22 de noviembre de 2002 a las 14 hs, al amparo de lo establecido en los Decretos Nros. 8.828/78 B.M. N 15.951 y 608/
98 B.O. N 439;
Que, tal como luce en el Acta de Apertura N 74/2002, se recibieron las propuestas de las SMC S.A. / Servicios Industriales Avellaneda S.A. / Grape Constructora S.A. / Salvatori S.A.;
Que, del estudio de ofertas efectuado surge el Acta de Preadjudicación N 33/2002 por la cual resulta preadjudicataria la firma Salvatori S.A.;
Que, no se produjo impugnación alguna al proceso licitatorio;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 8.828/78 B. M. N 15.951 y 608/GCBA/98 B.O. N 439, EL SUBSECRETARIO ADMINISTRATIVO
RESUELVE:

Artículo 1 La empresa AT&T Argentina S.A. procederá a ejecutar las obras de reparación de calzadas y aceras de acuerdo a lo estipulado en la Resolución N 730/SOYSP/02 -Anexo 1-.
Artículo 2 Autorícese la devolución del endoso N 2 solicitado juntamente con el comienzo de las obras a realizar de acuerdo al circuito administrativo vigente.
Artículo 3 Una vez cumplimentado lo establecido en los Arts.
1 y 2 de la presente el área responsable en la materia según Resolución N 899/SOYSP/02 autorizará la devolución de la póliza y endoso restante una vez comprobado el buen estado de las obras a realizar.
Artículo 4 Regístrese, publíquese, en el boletín oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para notificación fehaciente de la empresa AT&T Argentina S.A. y posterior trámite, gírese al Área de Centralización y Supervisión de aperturas en la vía pública Resolución N 899/SOYSP/02. Fatala
Artículo 1 Apruébase la Licitación Privada por el Régimen de Obra Menor N 76/2002 realizada al amparo de lo establecido en los Decretos Nros. 8.828/78 B.M. N 15.951 y 608/98
B.O. N 439 por la Dirección General Administrativa y Legal de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y adjudícase las obras de "Construcción de rejas perimetrales en parque polideportivos Casa Amarilla" a la firma Salvatori S.A. por un monto total de pesos cuarenta y nueve mil ochocientos noventa y cuatro con noventa y nueve centavos $ 49.894,99.
Artículo 2 Dicho gasto se imputará a la partida del Presupuesto correspondiente.
Artículo 3 Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Obras Públicas, a la Dirección General de Deportes, a la Dirección de Presupuesto Contable y remítase al Área de Compras y Contrataciones, ambas dependientes de la Dirección General Administrativa y Legal. Calvo
RESOLUCIÓN N 1.171 - SSA

Secretaría de Cultura
CONSTRUCCIÓN DE REJAS PERIMETRALES EN
PARQUE POLIDEPORTIVO CASA AMARILLA, APRUÉBASE LICITACIÓN PRIVADA POR EL
RÉGIMEN DE OBRA MENOR N 76/02.
ADJUDÍCANSE LAS OBRAS A SALVATORI S.A.

RESOLUCIÓN N 3.584

DESÍGNANSE INTEGRANTES TITULARES Y
SUPLENTES DEL DIRECTORIO DE PROTEATRO

Buenos Aires, 23 de diciembre de 2002.

Buenos Aires, 13 de diciembre de 2002.

Visto el Expediente N 62.317/2002 y los términos de los Decretos Nros. 8.828/78 B.M. N 15.951 y 608/98 B.O. N 439 y;

Visto razones de servicio, la Ley N 156, el Decreto N 845/00, y:
CONSIDERANDO:

CONSIDERANDO:
Que, por los presentes actuados la Dirección General de Deportes solicita con carácter de urgente la realización de las obras de "Construccion de rejas perimetrales en parque polideportivos - Casa Amarilla";
Que, la realización de la precitada obra se fundamenta en garantizar que durante el verano los Parques Polideportivos puedan prestar un servicio a los usuarios y vecinos del mismo que concurren con fines deportivos, recreativos y para funcionar como sede de la Colonia de Verano del Gobierno de la Ciudad;

Que por la Ley citada se crea el Régimen de Concertación para la Actividad Teatral No Oficial, con el objeto de proteger, propiciar y fomentar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el teatro en todas sus formas, previendo para esta finalidad la creación de un registro, en el ámbito de la Secretaría de Cultura, en el que deberán inscribirse todas las personas físicas o jurídicas que realicen actividades teatrales no oficiales;
Que por Decreto N 845/00 se crea el Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral No Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Proteatro como organismo desconcentrado dependiente en

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 2/1/2003

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date02/01/2003

Page count32

Edition count5635

Première édition06/08/1996

Dernière édition25/07/2024

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