Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 18/10/2017 (Anexo)

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

N 5235 - 18/10/2017

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N 2

ANEXO - RESOLUCIÓN N 178/SECDCI/17 continuación como también será la encargada de representar al grupo en las capacitaciones y en las diferentes etapas del CONCURSO.
3. ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y CONDICIONES
Las personas intervinientes en este CONCURSO, por su sola participación, en adelante los PARTICIPANTES, aceptan de pleno derecho todas y cada una de las disposiciones de estas Bases y Condiciones, en adelante las BASES, como así también cualquier modificación posterior, sin derecho a reclamo alguno. Cualquier violación de estas BASES, a los procedimientos o a los sistemas establecidos para la realización de este CONCURSO implicará la inmediata exclusión del participante.
4. JURADO
El jurado será designado por el ORGANIZADOR y estará conformado por entre tres 3 a seis 6 personas, quienes podrán ser funcionarios públicos, y/o personas populares, y/o expertos en la temática presentada.
Este jurado estará a cargo de la elección del proyecto que ocupará el primer y segundo puesto.
Quedará a criterio del ORGANIZADOR si la puesto se realizará a través del jurado y/o por como por redes sociales del ORGANIZADOR
que por votación popular resultaran ganadores se elegirá el tercero más votado.

elección del proyecto correspondiente al tercer votación popular, que puede ser tanto presencial y/o el Vicejefe de Gobierno. En el supuesto en los mismos proyectos elegidos por los jurados,
El ORGANIZADOR elevará la decisión de los ganadores del CONCURSO a la Secretaría de Desarrollo Ciudadano a fin del efectivo otorgamiento de los correspondientes premios.
5. CRITERIOS DE EVALUACION
El criterio de selección de los proyectos Tecnológicos y elección de los ganadores del CONCURSO, tendrá como ejes prioritarios de referencia:
a
Innovación y creatividad.

b
Sustentabilidad
d
Viabilidad.
6. PREMIOS

Primer Puesto.
El/los ganador/es resultará/n acreedor/es de la suma de pesos ciento cincuenta mil $ 150.000
en concepto de capital semilla para comenzar su emprendimiento y un curso de formación relacionado a las herramientas necesarias para que los emprendedores realicen el plan de negocios de su proyecto.
Una vez transcurrido hasta un 1 mes desde la entrega de los fondos asignados, cada ganador deberá presentar un informe ante el ORGANIZADOR que aprobará el avance del proyecto y la rendición de gastos. Frente al caso del incumplimiento de la presentación del Informe y la rendición o si no resultare aprobada por el ORGANIZADOR, el ganador se compromete a devolver el capital semilla percibido.
Segundo Puesto.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 18/10/2017 (Anexo)

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

PaysArgentine

Date18/10/2017

Page count801

Edition count3393

Première édition14/08/2008

Dernière édition03/07/2024

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