Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/7/2016 (Anexo)

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

N 4925 - 19/7/2016

Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
N 259

ANEXO - RESOLUCIÓN N 5/S683/16 continuación
empresa Calificadora de Riesgo aprobada por la Comisión Nacional de Valores.
Art. 41.- REGIMEN DE RESPONSABILIDAD CON TERCEROS y PERSONAL.
Todo el personal o terceros afectados por el contratista de la contratación al cumplimiento de las obligaciones y/o relaciones jurídico contractuales carecerán de relación alguna con el GCBA.
Estarán a exclusivo cargo del contratista los salarios, seguros, leyes y cargas sociales y previsionales y cualquier otra erogación, sin excepción, vinculados con la ejecución contractual; quedando expresamente liberado el GCBA por tales conceptos, y sin que se configure solidaridad alguna entre ambos.
Queda debidamente aclarado y entendido que el GCBA no asumirá responsabilidad alguna y quedará desligado respecto de todo conflicto o litigio que eventualmente se generase por cuestiones de índole laboral entre el contratista y el personal que éste ocupare a los fines de cumplir con sus obligaciones contractuales y que, en consecuencia, pudiera implicar la intervención del gremio que los nuclea y/o de aquellos organismos estatales vinculados con el contralor de transgresiones a normas establecidas para el orden laboral, o del cumplimiento de convenios colectivos de trabajo en vigencia. Igual criterio se hace extensivo a las obligaciones previsionales e impositivas que recaigan sobre el contratista.
Asimismo, el GCBA no asumirá responsabilidad alguna por reclamos de terceros con los que el contratista hubiere contratado a los fines de cumplir con las obligaciones emergentes del presente Pliego y del Contrato en general.
Art. 42.- DAÑOS A TERCEROS.
El contratista implementará en la realización de las actividades que comprendan el objeto de la contratación, todas las medidas de seguridad que sean necesarias para dar cumplimiento a la legislación vigente en la materia, para evitar daños a personas o cosas y si ellos se produjeran, será responsable por el resarcimiento de los perjuicios.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/7/2016 (Anexo)

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

PaysArgentine

Date19/07/2016

Page count263

Edition count3414

Première édition14/08/2008

Dernière édition02/08/2024

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