Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/2/2016 (Anexo)

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

N 4829 - 26/02/2016

Boletín Oficial de la Ciudada Autónoma de Buenos Aires
N 61

ANEXO - DISPOSICIÓN N 296/DGAR/16 continuación
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Ministerio de Educación
La Dirección General de Compras y Contrataciones, es el competente para imponer las sanciones administrativas.
La aplicación de las penalidades es facultad de la Dirección General de Administración de Recursos. A los efectos de la aplicación de las penalidades antes mencionadas, a tal efecto se deben reunir todos los antecedentes referidos al desempeño del oferente o contratante durante el desarrollo del procedimiento contractual, que motiven y justifiquen la aplicación de la penalidad.
La administración podrá aplicar multas y/o sanciones aun vencido el plazo contractual, cuando los incumplimientos se hubieran producido dentro de la vigencia del contrato, aun cuando el importe sea determinado con posterioridad a la conclusión del contrato.
Art. 49 CAUSALES DE PÉRDIDA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA:
a Pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta - desistimiento de ofertas según artículo 124 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14.
Art. 50 CAUSALES DE RESCISIÓN Y EXTINCIÓN DEL CONTRATO:
El contrato se extinguirá y/o rescindirá por las siguientes causas:
a Expiración del plazo contractual.
b Mutuo acuerdo.
c Quiebra y liquidación sin quiebra.
d Concurso preventivo del contratista, excepto que conserve la administración de sus bienes mediante autorización judicial y en tanto no medie decisión judicial que le impida formular ofertas.
e Rescisión por culpa del cocontratante - rechazo de la orden de compra. según artículo 128 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14
f Rescisión por culpa del cocontratante - incumplimiento del contrato. según artículo 129 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14
g Rescisión por culpa del cocontratante. prestaciones de carácter especial.según artículo 130 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14
h Rescisión por culpa del cocontratante - fraude o negligencia. según artículo 131 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14
i Rescisión por culpa del cocontratante - transferencia o cesión del contrato.según artículo 132 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14
j Rescisión total o parcial. según artículo 133 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14
k Pérdida de garantía de cumplimiento del contrato - integración de la garantía según artículo 125 ley 2095 Ley 4764 y Decreto 95/GCBA/14.

FIN DEL ANEXO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/2/2016 (Anexo)

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

PaysArgentine

Date26/02/2016

Page count61

Edition count3413

Première édition14/08/2008

Dernière édition01/08/2024

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