Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 30/12/2014 (Anexo)

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

N 4550 - 30/12/2014

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N 1019


Zona 1. Área Microcento, Zona Recoleta, Zona limitada por ambas aceras de las siguientes arterias:
Avda Pueyrredon, Avda del Libertador, Avda Callao y Vicente Lopez 1.955,00
Zona 2: Area Macrocentro, con excepción de las arterias comprendidas en la zona 1 1.425,00
Zona 3: Todas las avenidas de la Ciudad, excepto las comprendidas en las Zonas 1 y 2 1.245,00
Zona 4: Resto de la Ciudad 1.065,00
Zona 5: Inmediaciones de los cementerios y los ubicados en un radio de 200 metros de los mismos 3.060,00
Artículo 34º.- Por la ocupación y/o uso de las superficies de la vía pública con mesas y sillas se pagan semestralmente los siguientes derechos por cada mesa según la ubicación de los locales, conforme a la división en zonas que a continuación se detallan:
-----------------------------------------------------------------------------------ZONAS
-----------------------------------------------------------------------------------1
2 3
------------------------------------------------------------------------------------$
$ $
Por c/mesa
1.040,00

745,00

220,00

Por aplicación de lo dispuesto por la Ley 2523, se cobran semestralmente los siguientes derechos:
ANCHO DE
ACERA

ZONA.
1

$/m2
2

3

<
4 $ 940.00
METROS

$ 670.00

$ 195,00

> =
4 $ 815.00
METROS

$ 585.00

$ 170.00

Clasificación de zonas:
ZONA 1: Zona delimitada por el Rio de la Plata desde el límite con el Partido de Vicente Lopez siguiendo hasta el canal Sur de la Darsena Sur, calle Elvira Dellepiane de Rawson, Avda Brasil, Avda Paseo Colon, Avda Independencia, calle Maza, calle Mario Bravo, Avenida Coronel Diaz, Avenida del Libertador hasta su límite con el partido de Vicente Lopez, continuando un eje virtual con el Rio de la Plata, incluidas ambas aceras de las arterias limítrofes.
Integran asimismo la presente Zona las siguientes arterias:
Lima, Bernardo de Irigoyen, Avda Cabildo, Avda Santa Fe, Avda Corrientes, Avda Rivadavia, Avda Cordoba, Avda Las Heras, Avda Luis Maria Campos.
La zona delimitada por Scalabrini Ortiz, Jose A Cabrera, Angel J Carranza y Paraguay La zona delimitada por Luis Maria Campos, Zabala, Migueletes, Ortega y Gasset, Arce, Andres Aguirre y Clay ZONA 2. Todas las avenidas de la Ciudad, excepto las comprendidas en la Zona 1.
ZONA 3. El resto de la Ciudad.
Si algún local está ubicado en tal forma que pueda ser clasificado en más de una zona, le corresponde la de mayor tarifa.
Artículo 35º.- Por la ocupación del espacio aéreo de la vía pública con toldos y/o parasoles de uso comercial se paga semestralmente y por metro cuadrad 110,00
Para el cálculo de la superficie se tiene en cuenta el polígono obtenido de la proyección horizontal.
Artículo 36º.- Las empresas comprendidas en las disposiciones de la Ley 1877 abonarán trimestralmente por el uso y ocupación de la superficie, espacio aéreo y subsuelo de la vía pública la suma de $ 155,00 por prestador y manzana ocupada.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 30/12/2014 (Anexo)

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

PaysArgentine

Date30/12/2014

Page count1165

Edition count3413

Première édition14/08/2008

Dernière édition01/08/2024

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