Boletín Oficial de Canarias del 7/6/2024

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Source: Boletín Oficial de Canarias

Boletín Oficial de Canarias núm. 111

18250

Viernes 7 de junio de 2024

1: Una dosis en cada embarazo entre la semana 28 y 36de gestación.
2: Completar con un máximo de 5 dosis hasta los 64 años y una dosis de refuerzo a partir de esa edad.
3: Personas que refieran no haber pasado la enfermedad, ni haber sido vacunadas con anterioridad, con una pauta de 2 dosis, separadas entre sí al menos 4 semanas.
4: Rescate vacunal de las cohortes nacidas en 2004, 2005 y 2006, hasta que la cohorte de 2007 alcance la edad de 18 años.
5: Dosis única a los que cumplan 12 años. Rescate con pauta de dosis única a las mujeres hasta los 17 años cumplidos y hombres nacidos desde el 1de enero de 2011.
6: Pauta de 2 dosis en HSH y personas en situación de prostitución hasta 26 años, mujeres con enfermedad inflamatoria intestinal o que han recibido tratamiento de lesión intraepitelial de alto grado en cérvix CIN2+ sin límite de edad.
7: Personas con factores de riesgo según protocolos de la DGSP.
8: Personas nacidas antes del 1de enero de 1958 que no hayan sido vacunadas con anterioridad contra neumococo.
9: A la edad de 65 años para las personas nacidas desde el 1de enero de 1958 y a la edad de 80 años para las aquellas nacidas desde el 1de enero de 1943.
10: Dos o tres dosis separadas por 4 semanas según el preparado vacunal empleado, con inicio a partir de los 2 meses especificaciones según ficha técnica.
11: Hasta los 12 meses en lactantes con antecedente de prematuridad de menos de 35 semanas de edad gestacional y hasta los 24 meses de edad en población infantil de alto riesgo según protocolo de la DGSP.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Única.- Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Orden y en particular la Orden de 10de julio de 2023, por la que se aprueba el Calendario Vacunal para todas las edades de la vida en la Comunidad Autónoma de Canaria.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Se faculta al Director General de Salud Pública para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la aplicación de la presente Orden.
Segunda.- La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de mayo de 2024.
LA CONSEJERA
DE SANIDAD, Esther María Monzón Monzón.

https sede.gobiernodecanarias.org/boc
boc-a-2024-111-1843

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Canarias del 7/6/2024

TitreBoletín Oficial de Canarias

PaysEspagne

Date07/06/2024

Page count41

Edition count3028

Première édition02/01/2012

Dernière édition29/07/2024

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