Boletín Oficial de Canarias del 8/7/2022

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Source: Boletín Oficial de Canarias

Boletín Oficial de Canarias núm. 135

25702

Viernes 8 de julio de 2022

Junto al formulario se adjuntará la siguiente documentación:
- Memoria que detalle el proyecto realizado o a realizar, incluyendo la vinculación del proyecto con objetivos que potencien el conocimiento, la participación y las relaciones entre la Universidad de La Laguna y la sociedad, así como el presupuesto total de ingresos y gastos del mismo, con el importe que se solicita al Consejo Social.
- Declaración expresa de la persona o entidad proponente, de aceptación de las normas de la presente convocatoria.
- Declaración responsable de estar al corriente con las obligaciones fiscales y de Tesorería de la Seguridad Social que sean oportunas, en virtud del tipo de persona al que representen.
Tercero.- Requisitos de los beneficiarios.
Son obligaciones de los beneficiarios, según se establece en el artículo 14de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones:
a Destinar la ayuda a la finalidad para la que se concede: gastos derivados del proyecto destinado a promover el conocimiento, la participación y las relaciones entre la Universidad de La Laguna y la sociedad.
Los gastos que el beneficiario financie con esta ayuda podrán llevarse a cabo desde el 1de enero hasta el 31de diciembre de 2022.
b La entidad subvencionada deberá incluir en su publicidad, textos, presentaciones públicas, etc., una referencia en lugar preferente a la colaboración prestada por el Consejo Social de la Universidad de La Laguna.
c Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que correspondan, en su caso, al Servicio de Control Interno de la ULL.
d Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
e Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los casos previstos en la normativa vigente.
f Justificar, antes del 31de enero de 2023, los gastos derivados del proyecto objeto de subvención a través de un informe-memoria de la actividad realizada, acompañada del material publicitario de la misma y una relación detallada de los gastos realizados con los justificantes de gasto que procedan.

https sede.gobiernodecanarias.org/boc
boc-a-2022-135-2296

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Canarias del 8/7/2022

TitreBoletín Oficial de Canarias

PaysEspagne

Date08/07/2022

Page count394

Edition count3013

Première édition02/01/2012

Dernière édition05/07/2024

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