Boletín Oficial de Bizkaia del 18/3/2019
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Source: Boletín Oficial de Bizkaia
BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA
Núm. 54
Lunes, 18 de marzo de 2019
BOB
Pág. 3
CONVENIO DE CONCERTACIÓN PARA LA GESTIÓN URBANÍSTICA DE LA UNIDAD
DE EJECUCIÓN RESIDENCIAL DE ZELAIKO 2 U.E.2.Z DE ARRANKUDIAGA
En Arrankudiaga, a de de 2019.
REUNIDOS
De una parte, Doña Itziar Duoandikoetxea González, mayor de edad y con domicilio en el Ayuntamiento de Arrankudiaga calle Arene, 1, Arrankudiaga Bizkaia, actuando en nombre y representación del Ilmo. Ayuntamiento de Arrankudiaga, en calidad de Alcaldesa-Presidenta de dicha Corporación.
Y de otra parte, Don Jose Ignacio Valle Urquijo con DNI xxxx y domicilio en 48498 Arrankudiaga, xxxx, propietario único del suelo comprendido en la Unidad de Ejecución Residencial de Zelaiko U.E.2.Z. de Arrankudiaga, prevista en las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Arrankudiaga.
Las partes se reconocen la capacidad legal necesaria para otorgar el presente convenio, que se comprometen a cumplir de buena fe, y en su virtud:
EXPONEN:
1.
Planeamiento que se ejecuta
El presente Convenio tiene por objeto la ejecución del Planeamiento Municipal de Arrankudiaga constituido por las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Arrankudiaga, publicadas en el Boletín Oficial de Bizkaia, número 25, de 8 de febrero de 2010, en las que se prevé la ordenación pormenorizada de la Unidad de Ejecución Residencial de Zelaiko U.E.2.Z.
2.
Sistema de actuación y programa de actuación urbanizadora
Según las Normas Subsidiarias de Planeamiento, el sistema de actuación previsto para esta Unidad de Ejecución, es el de Compensación, que se ha de entender sustituido por el legal de Concertación según la Disposición Transitoria Tercera 1 de la Ley 2/2006 de 30 de junio de Suelo y Urbanismo del País Vasco.
Por su parte, el Programa de Actuación Urbanizadora del ámbito ha sido aprobado definitivamente por Decreto de Alcaldía con fecha 25 de enero de 2019 y publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia con fecha 7 de febrero de 2019
3.
Estructura de la propiedad del suelo
Como se ha dicho en el encabezamiento, la parcela que integra la Unidad de Ejecución, tiene un único propietario, siendo por lo tanto, el único promotor de la misma, el compareciente, don José Ignacio Valle Urquijo. La parcela en cuestión viene reflejada en el S-01 de la Propuesta para el desarrollo de la Unidad de Ejecución Residencial de Zelaiko 1A. U.E.2.Z. y tiene una superficie total de 2.225,22 m2, ello sin perjuicio de la superficie real que resulte tras el correspondiente levantamiento topográfico.
4.
Derechos iniciales. Cesión del 15% edificabilidad urbanística
cve: BOB-2019a054
El promotor, una vez realizada al Ayuntamiento la cesión del 15% del aprovechamiento urbanístico, representa el 85% de dicho aprovechamiento.
Ello expuesto, los comparecientes, de mutuo acuerdo, suscriben el presente convenio, que se regirá por las siguientes: