Boletín Oficial de Bizkaia del 18/7/2018

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Source: Boletín Oficial de Bizkaia

BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA
Miércoles, 18 de julio de 2018

Pág. 3

SECCIÓN I
ADMINISTRACIÓN FORAL DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE BIZKAIA
Diputación Foral de Bizkaia Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales ORDEN FORAL de la diputada foral de Administración Pública y Relaciones Institucionales 6348/2018, de 9 de julio, por la que se comisiona para que preste circunstancialmente y por el tiempo imprescindible, las funciones esenciales de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Lemoiz.

Con fecha de 19 de junio de 2018, tiene entrada en el Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales un escrito presentado por el Alcalde del Ayuntamiento de Lemoiz en el que se comunica que el puesto de secretaría-intervención del Ayuntamiento de Lemoiz se encuentra vacante por incapacidad temporal de su titular y se solicita el nombramiento circustancial de personal de la Diputación Foral de Bizkaia para el cubrir dicho puesto.
El artículo 26.3 de la misma Ley 7/1985, de 2 de abril, LBRL, concreta:
La asistencia de las Diputaciones a los Municipios , se dirigirá preferentemente al establecimiento y adecuada prestación de los servicios públicos mínimos, así como la garantía del desempeño de las funciones públicas a que se refiere el número 3 del artículo 92 de esta Ley.
Dicho artículo 92.bis establece, al respecto, que:
Son funciones públicas necesarias en todas las Corporaciones Locales, cuya responsabilidad administrativa está reservada a funcionarios con habilitación de carácter nacional
aLa de Secretaría, comprensiva de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo.
bEl control y la fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria y la contabilidad, tesorería y recaudación.
El artículo 16 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, regula en su artícuo 16 los servicios de asistencia estableciendo lo siguiente:
1. Las funciones reservadas a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en Entidades Locales eximidas, serán ejercidas por las Diputaciones Provinciales, Cabildos, Consejos insulares o entes supramunicipales, o, en su caso, mediante acumulación de funciones o agrupación para sostenimiento en común del puesto reservado.
Las Diputaciones Provinciales, Cabildos, Consejos insulares o entes supramunicipales incluirán, en sus relaciones de puestos de trabajo, los reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional necesarios para garantizar el cumplimiento de tales funciones. En todo caso garantizará en los municipios de menos de 1.000 habitantes la prestación de los servicios de secretaría e intervención y tesorería y recaudación.
La garantía de la prestación de los servicios de secretaría e intervención y tesorería y recaudación en los municipios de menos de 1.000 habitantes, no implicará la supresión del puesto de Secretaría como reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la subescala de Secretaría-Intervención, en los municipios que tengan creado y clasificado dicho puesto.
A su vez el artículo 55 regula las Comisiones circunstanciales en los siguientes términos:
En los casos de ausencia, enfermedad o abstención legal o reglamentaria de funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional en municipios de menos de 1.000 habitantes, a petición de la Corporación interesada, la Administración o
cve: BOB-2018a138

Núm. 138

BOB

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Bizkaia del 18/7/2018

TitreBoletín Oficial de Bizkaia

PaysEspagne

Date18/07/2018

Page count51

Edition count7621

Première édition01/09/1993

Dernière édition12/07/2024

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