Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 4/01/2022

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

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TituloES: 1º convocatoria de ayudas destinadas a fomentar la contratación indefinida de trabajadores en la Ciudad Autónoma de Ceuta, así como la transformación de contratos temporales en indefinidos, en el marco del Programa Operativo FSE
para Ceuta 2014-2020, 2022.
TextoES: BDNSIdentif.:603199
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/603199.
PRIMEROS: BENEFICIARIOS
Tendrá la consideración de beneficiario de subvenciones, el destinatario final de la ayuda pública, que podrá ser cualquier persona física o jurídica, que haya de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión, es decir, que contraten con carácter indefinido o transformen contratos temporales en indefinidos.
En todo caso, la persona a contratar debe ser desempleada y reunir los condicionantes para ser incluidos en los colectivos desfavorecidos, muy desfavorecidos o discapacitados, además de estar inscritos en el SEPES. Para la transformación de contratos temporales en indefinidos, no será requisito pertenecer a los citados colectivos.
SEGUNDO: FINALIDAD
Las subvenciones públicas, objeto de esta convocatoria y reguladas en las citadas bases, cumplen la finalidad de incentivar la contratación indefinida de personas desfavorecidas en Ceuta.
TERCERO: BASES REGULADORAS
En las bases reguladoras de aplicación se aprobaron mediante Resolución de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de 10 de septiembre de 2015, se estableció el marco regulador para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas relativas al fomento de la contratación indefinida, en régimen de concurrencia competit iva, publicada en el BOCCE 5.504 de 15 de septiembre de 2015, modificado mediante Resolución de la Consejería de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo de la Ciudad Autónoma de Ceuta de fecha 10 de febrero de 2017 publicada en el BOCCE nº5.652 de fecha 14 de febrero de 2017, y modificada posteriormente mediante Resolución de la Consejería de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo de 22 de febrero de 2017, publicado en BOCCE 5.660, de 14 de marzo de 2017. Se ha realizado una nueva modificación de bases, mediante Resolución de la Consejería de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo de 17 de enero de 2018, publicado en BOCCE 5.750, de 23 de enero de 2018. También hay que tener en cuenta la Resolución de la Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública publicada en el BOCCE 6.069 de fecha 12
de febrero de 2021 por la que se modifica puntualmente la normativa relativa a las ayudas para la contratación indefinida.
Dado el nivel de compromiso en las actuaciones señaladas anteriormente cofinanciadas mediante el Programa Operativo para Ceuta del Fondo Social Europeo 2014-2020, se hace preciso cofinanciar algunas actuaciones a través del fondo REACT-EU, el cual forma parte de un paquete de ayudas europeo más amplio aprobado por la Comisión Europea en julio de 2020, denominado Next Generation EU, que alcanza una cifra total de 750.000 millones de euros para el conjunto de Estados Miembros, que contribuirá a reparar los daños económicos y sociales inmediatos causados por la pandemia de coronavirus.
La mayor parte de esos recursos se enmarcan en el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, con una asignación estimada para España de 140.000 millones.
El REACT-EU cuenta con una asignación de unos 12.436 millones de euros para España, 10.000 de ellos repartidos entre las Comunidades Autónomas, 8.000 en el año 2021 y 2.000 en el año 2022. La iniciativa REACT-EU se contempla para ayudar a los territorios a fortalecer el Estado del Bienestar, blindar los servicios públicos y reactivar la economía tras el impacto de la pandemia provocada por la COVID-19.

CUARTO: IMPORTE DE LA AYUDA
El importe de los créditos disponibles para atender las ayudas y subvenciones relativas a la contratación indefinida, en las distintas convocatorias indicadas en el apartado anterior será de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS 250.000,00 Euros, para atender las ayudas a la contratación indefinida.
Para atender las ayudas destinadas a la transformación de contratos temporales en indefinidos, se destinarán NOVENTA Y SEIS
MIL EUROS 96.000,00 Euros.
El importe de los créditos disponibles para atender las ayudas y subvenciones relativas a la Ambos créditos disponibles serán imputados con cargo al Programa Operativo FSE 2014-2020 y con cargo al Estado de Gastos e Ingresos de la Sociedad Pública de Desarrollo PROCESA, denominada Ayudas FSE. No podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la determinada en las distintas convocatorias.
Dicho importe queda desglosado y asignado a cada convocatoria de la siguiente forma:
a.- LINEA I: La contratación indefinida, el presupuesto total asciende a DOSCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS 250.000
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 4/01/2022

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaysEspagne

Date04/01/2022

Page count29

Edition count6182

Première édition19/11/1926

Dernière édition19/07/2024

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