Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 25/06/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

Boleto N: ATM_8155710 Importe: $ 4860
12-18-25/06/2024 3 Pub.
TRIBUNAL DE GESTIÓN ASOCIADA - TERCERO PODER JUDICIAL MENDOZA, AUTOS N 316.662, caratulados DIAZ FRANCISCO ARNALDO Y MERGUISO SILVANA C/ BAIGORRIA ORTIZ VICTOR
HUGO P/ DAÑOS DERIVADOS DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO, a fs. 2, el Tribunal resolvió:
Mendoza, 05 de Julio de 2023. Por presentado, parte y por constituído el domicilio real y el domicilio procesal electrónico, a sus efectos. Por ratificado.- Téngase presente la prueba ofrecida y lo demás expuesto para su oportunidad y en cuanto por derecho corresponda. De la demanda de conocimiento interpuesta TRASLADO a la parte demandada y citada en garantía Paraná Seguros por el plazo de VEINTE 20 DÍAS con citación y emplazamiento para que comparezca, responda, ofrezca prueba y constituya domicilio procesal electrónico artículos 21, 74, 75, 160, 161 y concordantes del CPCCT nro.
9001. PREVIO A TODO, Ofíciese al Registro Automotor con el fin de que informe titular registral del vehículo marca Nissan, doble cabina, color blanca, dominio DQW 718 al momento del accidente 10/11/2022 y al momento del informe. art. 46 punto I inc. 1 y 5 del CPCCT. Hágase saber a las partes que la no obtención de los oficios no impedirá la realización de la audiencia inicial art. 46 punto I inc.1 y 5
del CPC, 172 y cc del CPCCT. Sin perjuicio de la admisibilidad oportuna de la prueba, HÁGASE SABER
a los abogados que este Juzgado promueve que hagan uso de las facultades conferidas por el art. 34 inc.
7 del CPCCT, a los efectos de tramitar la prueba informativa ofrecida. Requiérase a los abogados que denuncien en autos los datos de contacto teléfono fijo, teléfono móvil, correo electrónico de sus asistidos. NOTIFÍQUESE en el domicilio real conforme las pautas de la Acordada 28243-Política de notificaciones accesibles. Téngase presente que la notificación correspondiente al traslado de la demanda y su diligenciamiento deberá realizarse por el profesional, conforme lo dispuesto por Acordada N 30.268 SC y a fs. 19, el Tribunal resolvió: Mendoza, 21 de Mayo de 2024. VISTOS Y
CONSIDERANDO: Que de acuerdo al juramento prestado, pruebas rendidas en autos y dictamen fiscal, resulta acreditado lo expuesto por el peticionante por lo que, RESUELVO: IDeclarar al demandado BAIGORRIA ORTIZ VICTOR HUGO, persona de ignorado domicilio art. 69 del C.P.C.C. y T.. IINotifíquese el traslado de la demanda y del presente auto por medio de edictos, a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término de TRES DÍAS, con dos días de intervalo, bajo responsabilidad de la parte actora; y de conformidad a lo dispuesto por el art. 69 y 72 del Código Procesal Civil. IIIOportunamente dése la intervención que por ley corresponda a la Defensoría de Pobres y Ausentes que por turno corresponda. REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE. PUBLÍQUESE. AD.
Boleto N: ATM_8155714 Importe: $ 7560
12-18-25/06/2024 3 Pub.
JUEZ del Tribunal de Gestión Judicial Asociada Civil N1 de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, en Autos Nº:259.384, caratulados: "BABILLON EMILIO LEANDRO Y OTS. C/MAÑO
MARRERO ANGELICA Y OTS. P/ACCIÓNDENULIDAD NOTIFICA AL Sr. MARCELO MIGUEL
MORALES DNI N D.N.I.31.106.307, heredero de la demandada Angela Susana Sinastra, el siguiente proveído de autos. A fs.92 con fecha Mendoza, 13 de Diciembre de 2017 se proveyó: Proveyendo fs.90:
Téngase presente lo expresado y las constancias acompañadas, agréguense a autos. De la demanda ordinaria interpuesta y de la ampliación de fs.59 y de fs.76/79 TRASLADO a la parte demandada por el plazo de VEINTE 20 DÍAS con citación y emplazamiento para que comparezca, responda, ofrezca prueba instrumental y constituya domicilio legal dentro del radio del Juzgado artículos 21, 74, 75, 167, 168 y concordantes del Código Procesal Civil. NOTIFÍQUESE. Téngase presente la prueba ofrecida y lo demás expuesto para su oportunidad y en cuanto por derecho corresponda. PREVIO A TODO, NOTIFÍQUESE EL RESOLUTIVO DE FS.83. A fojas 417 el Juzgado proveyó: Mendoza, 06 de Julio de 2022. Dado el fallecimiento de la codemandada Angela Susana Sinastra, continue la presente causa en contra de los herederos Sr. Jorge Adrián Morales, D.N.I. N28.774.135, ; 2Sr. Marcelo Miguel Morales, D.N.I. 31.106.307 y 3 Sra. María Rosa Mercedes Maure Sinastra, D.N.I. 40.269.962, debiendo notificarse el presente en los domicilios denunciados art.23 del CPCCyT. Notifíquese. Y a fs.444 se proveyó:
Mendoza 15 de mayo 2024. VISTOS Y CONSIDERANDORESUELVO: I-Declarar al Sr. MARCELO
MIGUEL MORALES DNI N D.N.I.31.106.307, heredero de la demandada Angela Suana Sinastra,
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Martes 25 de Junio de 2024
Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial Subsecretaria Legal y Técnica

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 25/06/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaysArgentine

Date25/06/2024

Page count71

Edition count1837

Première édition20/01/2017

Dernière édition01/07/2024

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