Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 23/04/2024
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza
Que de acuerdo a las constancias obrantes en el expediente, entre el ingreso de la paciente 14:30 horas, hasta el momento de su atención por la Dra. Moyano 15:00 horas, según lo manifestado en hoja de RAC, hubo una demora de treinta minutos, cuando la atención debió ser en forma inmediata;
Que en orden 50 la Instructora Sumariante concluye que luego que las enfermeras dieran aviso a la Dra.
Moyano que había una urgencia, no salió inmediatamente a efectuar la atención correspondiente, desentendiéndose totalmente de la situación de emergencia que se estaba presentando y no actuando con responsabilidad y la premura que requería el caso. Por ello considerando que han sido probadas todas las conductas que se le imputan a la sumariada sugiere aplicar la sanción de Cesantía a la Dra. Moyano, de acuerdo a lo establecido en los Arts. 69 inc. 1; 78; 81 y 85 inc. 2 de la Ley Nº 7759;
Que asimismo en orden 55 obra dictamen del Honorable Consejo Deontológico Médico concluyendo que:
las declaraciones de los testigos son unánimes en testimoniar que la profesional Médica de Guardia no estaba atendiendo al momento de la llegada de la paciente; que fue asistida entre los 30 a 40 minutos desde su llegada, cuando sufría una mayor descompostura", por lo cual coincidiendo con la Instructora Sumariante aconseja aplicar la sanción de Cesantía a la Dra. Moyano;
Que se ha dado debida intervención a la Junta Provincial de Reclamos y Disciplina de Profesionales de la Salud;
Por ello, en virtud de lo expuesto, lo dictaminado por la Instrucción Sumarial y el Honorable Consejo Deontológico Médico, EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º - Aplíquese la sanción de Cesantía a la Dra. ANALIA SILVANA MOYANO, DNI Nº 26.791.832, CUIL Nº 27-26791832-0, por haber transgredido con su conducta lo previsto en el Art. 69 inc. 1 de la Ley Nº 7759, de conformidad con lo establecido en los Arts. 78, 81 y 85 inc. 2 del mismo Cuerpo Normativo.
Artículo 2º - Notifíquese el presente decreto a la Dirección General de Recursos Humanos, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, a fin que proceda a tomar conocimiento y realizar la correspondiente actualización de registros.
Artículo 3º - Establézcase que el presente decreto deberá ser notificado a la Oficina de Investigaciones Administrativas y Ética Pública de Mendoza.
Artículo 4º - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ
FARM. ANA MARÍA NADAL
S/Cargo 23/04/2024 1 Pub.
MINISTERIO DE CULTURA Y TURISMO
Decreto N: 2674
MENDOZA, 28 DE NOVIEMBRE DE 2023
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Martes 23 de Abril de 2024
Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial Subsecretaria Legal y Técnica