Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 06/07/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

372 del CPCCT; 2 fecha de presentación: 05/06/23; 3 que en autos ha sido presentada la propuesta de acuerdo preventivo; 4 se convoca a los acreedores para la celebración del acuerdo; 5 las conformidades para el acuerdo podrán ser acompañadas hasta el día UNO DE SEPTIEMBRE DE 2023 arts.363 y 364
CPCCT; 6 los acreedores pueden presentar su oposición al acuerdo hasta el día QUINCE DE
SEPTIEMBRE DE 2023 art.366 CPCCT; 7 se fija audiencia de conciliación presencial para el día VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DE 2023 a las 10:00hs. Fdo. Dra. LUCIA RAQUEL SOSA. Juez Boleto N: ATM_7606311 Importe: $ 2000
04-05-06-07-24/07/2023 5 Pub.
CUARTO JUZGADO CIVIL, CON COMPETENCIA CONCURSAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL PROVINCIA DE MENDOZA, a cargo del Dr. Pablo Germán Bellene Juez, hace saber que en autos N 9.723 caratulados: ELIZONDO CARLA EVANGELINA P/ Q.V. P/ QUIEBRA SOLICITADA POR
DEUDOR", el día 04 de ABRIL de 2023, se ha declarado la quiebra a CARLA EVANGELINA ELIZONDO, D.N.I. N 27.718.076. Síndico designado en autos, Contador RAUL ARNALDO MORALES, con domicilio legal físico constituido y domicilio de atención en Pirovano N 661, GRAL. SAN MARTÍN. MENDOZA, días y horarios de atención Martes, Miércoles y Jueves 18,00 a 21,00 horas, en el domicilio indicado precedentemente. Teléfono celular 2634367324. Emplazar a los acreedores para que presenten al Sr.
Síndico los pedidos de verificación de créditos hasta el día QUINCE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL
VEINTITRES. Se deja expresamente aclarado que tal presentación deberá hacerse a Sindicatura vía correo electrónico raularnaldomorales@gmail.com, debiendo ajuntar al pedido, toda la documentación escaneada que haga a su derecho. Los insinuantes deberán instrumentar las medidas necesarias a fin de abonar, en su caso, el arancel previsto en el art. 32 de la LCQ, a través de transferencia electrónica, previo acuerdo con Sindicatura. Hágase saber a los acreedores que deberán conservar en sobre cerrado toda la documentación que haga a su derecho, a fin de ser presentada, en la medida que las circunstancias sanitarias lo permitan y a requerimiento del Sr. Síndico, previo a la presentación del informe individual o a petición del Tribunal, previo a dictar la resolución prevista en el art. 36 de la LCQ.
Póngase en conocimiento de los insinuantes que las observaciones previstas en el art. 34 de la LCQ
deben realizarse también vía correo electrónico previo acuerdo con Sindicatura a fin de consultar los legajos respectivos. Fijar el día DOS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRES hasta el cual el Sr.
Síndico deberá presentar los informes individuales y el día DIECIOCHO DE DICIEMBRE DE DOS MIL
VEINTITRES para la presentación del informe general. Ordenar a la fallida y a terceros que hagan entrega al Sr. Síndico de los bienes de aquella. Prohibir hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento de ley. C.A.D. N: 26193 Importe: $ 4400
03-04-05-06-07/07/2023 5 Pub.
JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, hace saber que a fs. 60 de los autos CUIJ N 13-07244048-4 011902-4359171, caratulados: "QUEVEDO ARIEL FERNANDO P/
QUIEBRA DEUDOR, se ha resuelto lo siguiente: Mendoza, 16 de junio de 2023. Y VISTOS
CONSIDERANDO RESUELVO: I. Declarar la QUIEBRA del Sr. ARIEL FERNANDO QUEVEDO, DNI
N 25.935.978; CUIL N 20-25935978-4. V. Fijar el día 5 DE SEPTIEMBRE DE 2023, como fecha hasta la cual pueden presentar los acreedores ante la Sindicatura las solicitudes de verificación art. 200 LCQ.
Las mismas podrán ser remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el cual será informado al momento de su aceptación de cargo, o bien a través del sistema de verificación digital que sea fijado oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. VI. Fijar el día 19 DE SEPTIEMBRE DE 2023, como fecha hasta la cual el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación podrán presentar a la Sindicatura las impugnaciones y observaciones a las solicitudes presentadas art. 200, sexto párrafo LCQ, con el mismo procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido de remisión a Sindicatura de los archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el órgano concursal presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones recibidas, a través del sistema MEED. VII. Fijar el día 19 DE OCTUBRE DE 2023, como fecha hasta la cual deberá presentar Sindicatura los Informes Individuales. VIII. Fijar el día 19 DE DICIEMBRE DE 2023, como fecha en la cual el Tribunal resolverá sobre la procedencia y alcance de las solicitudes formuladas
BO-2023-05000703-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Jueves 6 de Julio de 2023
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 66 de 118

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 06/07/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaysArgentine

Date06/07/2023

Page count119

Edition count1846

Première édition20/01/2017

Dernière édition15/07/2024

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