Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 21/04/2023

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

Artículo 4º: Notifíquese el presente decreto a la Contaduría General de la Provincia para su registración.
Artículo 5º: Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.
DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ
FARM. ANA MARÍA NADAL
LIC. VICTOR FAYAD
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este Aviso Oficial se publican en el siguiente link: Anexo o podrán ser consultados en la edición web del Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza www.boletinoficial.mendoza.gov.ar S/Cargo 21/04/2023 1 Pub.
Decreto N: 2576
MENDOZA, 28 DE DICIEMBRE DE 2022
Visto el expediente EX-2021-04367402GDEMZA-CCC en el cual la Lic. MARCELA VIVIANA CASTRO, interpone Recurso de Alzada en contra de la Resolución Nº 540/21 del Director Ejecutivo del Hospital Pediátrico Dr. Humberto J. Notti; y CONSIDERANDO:
Daniela Rojas
Que el recurso es formalmente admisible en razón de haber sido interpuesto en legal tiempo y forma según lo establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo, Que el Art. 3 de la Ley Nº 7759 dispone: Categorías: El personal comprendido en el régimen del presente Convenio podrá revistar en las siguientes categorías: 1-Categoría Ejecución: Aquellos profesionales que se desempeñen en funciones, sin responsabilidades conductivas. Revistarán de la Case 1 a la 8. 2-Categoría Gestión: Aquellos profesionales que se desempeñen en funciones con responsabilidades conductivas: a.
Jefe de Sección, b. Jefe de Servicio, c. Jefe de Departamento, d. Directores y/o Encargados de Centros de Salud;
Que el Art. 22 del mismo cuerpo normativo establece: El Adicional por función jerárquica será percibido por los Jefes de Sección, Jefes de Servicio, Jefes de Departamento, siempre que no obtengan puntaje inferior a tres puntos en dos evaluaciones de desempeño establecida en el Capítulo V, mientras desempeñe la función jerárquica;
Que las Resoluciones Nros. 540/21 y 162/20 refieren que no ha sido creado el cargo en el Organigrama, lo cual no quiere decir que no existen las funciones de Jefe de Sección, Jefe de Servicio o de Jefe de Departamento, porque estas funciones están previstas en la Ley;
Que si la Sección o Departamento ha sido creado en el Organigrama y se ha designado una persona con tareas conductivas dentro de esa Sección o Departamento, entonces, le corresponde el pago del Adicional por función Jerárquica;
Que mediante la Resolución Nº 162/20 se dispuso reconocer que la Lic. Castro estaba a cargo de forma transitoria e interna del Centro Médico Ambulatorio, dependiente del Departamento de Enfermería del Hospital, a partir del 1 de marzo de 2017 y que la asignación de la funciones de Jefe quedará condicionada a la aprobación del Organigrama del Hospital, a que el cargo fuera presupuestado y al llamado a concurso, de acuerdo a la legislación vigente;

BO-2023-02929814-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 21 de Abril de 2023
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 17 de 120

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 21/04/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaysArgentine

Date21/04/2023

Page count121

Edition count1859

Première édition20/01/2017

Dernière édition02/08/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Abril 2023>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30