Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 15/11/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

horas más del día hábil siguiente de 08:00 a 10:00 horas Resol. 06/06/2010 Excma. Primera Cámara de Apelaciones. Hasta 16/02/2023 para revisión legajos, formulación de impugnaciones y observaciones a las solicitudes presentadas en el domicilio de Sindicatura art. 34 LCQ. Síndico: Contador/a CARLOS
SABOREDO. Domicilio Legal: Pedro Molina N.º 485, Piso N.º 1º, Of. N.º 3, Ciudad, Mendoza. Días y Horarios de atención: Lunes, Miercoles y Viernes, de 08:00 a 12:00 horas. Teléfono: 4648018 / Celular:
261565388. e-mail: carsab71@hotmail.com. FDO.: DRA. GLORIA ESTHER CORTEZ. JUEZ.
Boleto N: ATM_7102375 Importe: $ 1200
11-14-15-16-17/11/2022 5 Pub.
JUEZ PRIMER JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL, SAN RAFAEL, MENDOZA, SECRETARIA A CARGO DEL DR. ALBERTO PEREZ, hace saber que a fs.52/54 de los autos 47.606 caratulados VERGARA HUGO HERNAN P/ QUIEBRA
VOLUNTARIA, se ha dictado la siguiente resolución: "San Rafael, 02 DE NOVIEMBRE DE 2022.AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: RESUELVO I DECRETAR el estado de QUIEBRA
VOLUNTARIA del SR. HUGO HERNAN VERGARA, D.N.I. N 32.817.787, C.U.I.L. Nº 20-32817787-1, argentino, mayor de edad, con domicilio real en Calle Las Heras N 680, Villa 25 de Mayo, San Rafael, Provincia de Mendoza.- V Ordenar la inmediata incautación de los bienes y papeles del fallido, debiendo intimarse a la misma para que los entregue a Sindicatura, como así a los terceros eventuales poseedores con intervención del Oficial de Justicia que la Oficina Centralizada designe, quien deberá realizar un inventario de dichos bienes, el que se deberá confeccionar en dos ejemplares. EMPLÁZASE a Sindicatura para que en el término de DOS DIAS y bajo apercibimiento de ley dé cumplimiento con la incautación ordenada. FACÚLTASE el uso de la fuerza pública y allanamiento de domicilio en caso necesario. HABÍLITASE lugar. -X Fijar el día veintitrés de diciembre del año dos mil veintidós como fecha hasta la cual los acreedores de causa o títulos anterior a la presente quiebra deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes a Sindicatura, pudiendo el deudor y los acreedores que hubieren solicitado verificación concurrir al domicilio de Sindicatura hasta el día siete de febrero del año dos mil veintitrés a los efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto a las solicitudes formuladas. Intimase a Sindicatura a presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo del párrafo anterior copia de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas al legajo que determina el art. 279 de la ley 24.522.- Síndico designado en autos: Cdor.
CARLOS EDUARDO CARVAJAL domicilio legal en calle BOMBAL N215 de esta ciudad de San Rafael.Oficina abierta al público días MARTES, MIÉRCOLES Y JUEVES de 16.00 a 20.00 horas y el día del vencimiento del plazo de verificación de créditos hasta las 24.00 horas. Domicilio electrónico cecarvajal1943@gmail.com C.A.D. N: 25740 Importe: $ 2760
10-11-14-15-16/11/2022 5 Pub.
JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, hace saber que a fs. 11 de los autos CUIJ Nº 13-05511447-6 caratulados: "VARGAS TEODORA LORENZA P/ QUIEBRA DEUDOR, se ha resuelto lo siguiente: MENDOZA, 11 de Marzo de 2021. Y VISTOS CONSIDERANDO
RESUELVO I. Declarar la QUIEBRA de VARGAS, TEODORA LORENZA, D.N.I. N 6.522.047. XVI.
Ordenar se publiquen edictos por CINCO DIAS en el Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto por el art. 89 L.C. OFICIESE. y a fs. 40 se ha dispuesto lo siguiente: Mendoza, 08 de Noviembre de 2022.. Y
VISTOS CONSIDERANDORESUELVO: I. Modificar las fechas dispuestas en la sentencia 11/03/2021
en los puntos V a IX, en el siguiente sentido V. Fijar el día SIETE DE FEBRERO DE 2023 como fecha hasta la cual pueden presentar los acreedores, ante el Síndico las solicitudes de verificación art. 200
L.C.Q.. Las mismas podrán ser remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el cual será informado al momento de su aceptación de cargo, o bien a través del sistema de verificación digital que sea fijado oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. VI. Fijar el día VEINTITRÉS DE FEBRERO DE 2023
como fecha hasta la cual el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación puedan concurrir el domicilio del Síndico, a efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones a las solicitudes presentadas art. 200, sexto párrafo LCQ, con el mismo procedimiento
BO-2022-08205160-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Martes 15 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 101 de 155

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 15/11/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaysArgentine

Date15/11/2022

Page count156

Edition count1843

Première édition20/01/2017

Dernière édition10/07/2024

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