Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 21/10/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

DELLA SANTA y en consecuencia condenar a la accionada ESMERALDA DEL CARMEN CABRERA
CORDOBA, JAVIER DAVID GUERRA y ADAN LUIS GUERRA al pago del capital reclamado de PESOS
DIECIOCHO MIL $18.000, con más la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MIL $ 34.000 que se presupuesta provisoriamente para responder a intereses pactados sin perjuicio de su oportuna morigeracióny costas del juicio. III.- Imponer las costas a los accionados Art. 35 y 36 del C.P.C.C. y T..
IV.- Hágase saber al ejecutado que dentro de los CINCO DIAS HABILES a partir de la notificación de la presente, PODRA CUMPLIR VOLUNTARIAMIENTE la sentencia, depositando el capital de condena más la suma presupuestada provisoriamente para intereses, costas y demás accesorios legales, todo sujeto a liquidación futura que practicará el actor de autos. En defecto de pago voluntario, en el mismo plazo, podrá OPONERSE a esta sentencia solicitando la nulidad de la vía monitoria, u oposición, defensas, excepciones y ofrecimiento de pruebas; asimismo, y en el mismo plazo, deberá constituir domicilio legal y dirección electrónica BAJO APERCIBIMIENTO de tenerlo por REBELDE sin más trámite y considerarse firme la presente y continuar con su ejecución arts. 234 inc. II, III, IV, 235 inc. I, 21,74 y 75 del C.P.C.C y T. Ley 9001 V.- Regular los honorarios profesionales de los DRES. PABLO FELDMAN, M. EUGENIA
BERNARDO y JUAN PABLO BABUGIA en la suma de PESOS CINCO MIL CUATROCIENTOS CON
00/100 $ 5.400-, en forma conjunta, con más los intereses que correspondan hasta la fecha de su efectivo pago arts. 19 in fine y 2 Ley 9131 y art. 33 inc. III del CPCCT, VI.- En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes susceptibles de tal medida, de propiedad del demandado, hasta cubrir la suma total de PESOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 $57.400, fijada provisoriamente para responder a capital y costas. A tal fin se faculta el auxilio de la fuerza pública y allanamiento de domicilio en caso de ser necesario art. 234, ap. II del CPCCyT.VII.- VENCIDO el plazo otorgado en punto IV para cumplir voluntariamente u oponerse a la presente sentencia y no habiéndolo hecho, considérese firme la misma, y continúese con su ejecución arts. 35, 36, 37 y 235 inc. V del C.P.C.C y T. Ley 9001. CÓPIESE. NOTIFÍQUESE CV DRA. VIVIANA ISGRO MOSTACCIO Juez Boleto N: ATM_7071771 Importe: $ 2088
21-26-31/10/2022 3 Pub.

Juez TRIBUNAL DE GESTION ASOCIADA DE PAZ Y CONTRAVENCIONAL DE LUJAN PODER
JUDICIAL MENDOZA en autos N 55684, caratulados "CASTELUCHE SEBASTIAN MARTIN C/
ORMEÑO GONZALO GABRIEL Y FORNES MILTON ALEJANDRO S/ Daños y Perjuicios", NOTIFICA al Sr. FORNES MILTON ALEJANDRO, la sentencia recaída a fs. 238 de autos: "Mendoza, 02 de Junio de 2022. VISTOS RESULTA CONSIDERANDO RESUELVO: I.- Hacer lugar a la demanda interpuesta por el SR. SEBASTIÁN MARTÍN CASTELUCHE y, en consecuencia, CONDENAR a los SRES. GONZALO GABRIEL ORMEÑO Y MILTON ALEJANDRO FORNES a pagar a la actora, en forma concurrente y en el término de diez días de quedar firme la presente, la suma de PESOS SETENTA Y
CINCO MIL $ 75.000, con más los intereses establecidos en los considerandos. II.- Imponer las costas a los demandados, por resultar vencidos. III.- Regular los honorarios de los profesionales intervinientes de la siguiente forma: Dra. Patricia Bucolo, $ 7.500; Dra. Silvina Fumis, $ 13.750; Dra. M. Sol Martínez, $
5.250; Dra. Flavia Agostina Volpi, $ 7.875; teniendo en cuenta su efectiva participación en cada etapa del proceso en autos y sin perjuicio de los complementarios e IVA que les pudieran corresponder arts. 2, 3, 4
inc. a, 31, 13 y cc. LA. -IV.- Regular los honorarios del perito mecánico actuante en autos, lng. Carlos Alberto Prato, en la suma de $ 11.389, art. 184 inc. III CPCCyT, sin perjuicio de los complementarios y de la alícuota que por el IVA pueda corresponderles. V.-Regular los honorarios diferidos en el resolutivo de fs. 151/153 y cuyas costas se impusieron en el orden causado, de la siguiente manera: Dra. M. Sol Martínez, $1.290; Dra. Flavia Agostina Volpi, $ 642; Dra. Silvina Fumis, $1.932 estimados a la fecha de la presente resolución y sin perjuicio de la alícuota que por el IVA pueda corresponder. VI.- Regular los honorarios del perito mecánico actuante en autos en lo que fue declarado nulo, Ing. Alberto Castillo, en la suma de $ 3.000, art. 1.255 CCN, sin perjuicio de la alícuota que por el IVA pueda corresponderle.
Oportunamente, FIRME LA PRESENTE, devuélvanse los expedientes recibidos como AEV Ofíciese en Papel Simple. - NOTIFÍQUESE vía electrónica a las partes, profesionales y peritos. CMD Firmado: DRA.
CONSTANZA MARINA DOMINGUEZ Juez.

BO-2022-07494782-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 21 de Octubre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 78 de 118

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 21/10/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaysArgentine

Date21/10/2022

Page count119

Edition count1836

Première édition20/01/2017

Dernière édition28/06/2024

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