Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 16/09/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

A fin de visualizar el escrito presentado, deberán acceder al sistema MEED con su usuario y contraseña y en la pestaña Descarga de documento, ingresar el identificador: NVRPU151513. VII.- NOTIFÍQUESE
en el domicilio REAL del accionado, con copias de la demanda y la documentación acompañada.
COPIESE. REGISTRESE. NOTIFIQUESE. Firmado: DRA. FLAVIA INES BAÑOS. Juez de Cámara. A
fojas: 4, en su parte pertinente, el Tribunal resolvió: Mendoza, 20 de Abril de 2021. RESUELVE: IHacer lugar parcialmente al recurso de aclaratoria deducido. En consecuencia, corregir el error incurrido en el punto II del resolutivo de fs. 02, debiendo quedar redactado de la siguiente forma: II.- Condenar a la parte demandada SR. ARENAS FERNANDO ERIBERTO, C.U.I.T. N 20-10036929-0 U.T.H.G.R.A. a pagar al actor UNIÓN DE TRABAJADORES DEL TURISMO, HOTELEROS Y GASTRONÓMICOS DE
LA REPÚBLICA ARGENTINA en el término de CINCO 5 DÍAS, la suma de PESOS CUATROCIENTOS
OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CUATRO CON 32/100 $482.504,32 fijada provisoriamente para responder por capital, intereses y costas. II-Dejar incólume el resto de la resolución de fs. 02.
REGISTRESE. NOTIFIQUESE conjuntamente con la resolución de fs. 02. DRA. FLAVIA INES BAÑOS.
Juez de Cámara.
S/Cargo 13-16-21-26-29/09/2022 5 Pub.
A tenor del contenido de la presente pieza administrativa en el que se deberá NOTIFICAR La empresa Privada de Vigilancia UNION S.R.L , el contenido de la Resolución N 2987-S de fecha 09 de Septiembre de 2022, la que textualmente dice: VISTO: el Expediente Electrónico N EX-2020-02458330-GDEMZAMESAENTGENERALMSEG. CONSIDERANDO: Que en las citadas actuaciones se tramitan múltiples infracciones a la Ley N 6441, cometidas por la empresa de seguridad privada de vigilancia UNION
S.R.L., C.U.I.T. N 30-70517107-2 con domicilio legal en calle Pedro Molina 249 2 piso, departamento 6, Ciudad de Mendoza; Que en orden 02 obra informe de la Dirección Repriv, dando cuenta que la Empresa de Seguridad mencionada, adeuda el pago de los canones 2017, 2018, 2019 y 2 0 2 0 ,. Que en orden 03 obra dictamen del Área de Asesoría Letrada de la Dirección Repriv, donde se sugiere que se emplace a la Empresa en cuestión al pago de lo debido; Que obra Resolución N 442/20, emitida por el Director del Repar-Repriv, en la cual solicita la inhabilitación de la Empresa Unión S.R.L., en virtud que la mencionada empresa adeuda documentación múltiple y el pago de cánones anuales consecutivos correspondiente a los años 2017, 2018, 2019 y 2020; Que en orden 10 se acompaña informe, donde se comisionó personal al domicilio de la empresa a fin de practicar la notificación correspondiente, donde se informa que dicha medida no se logró realizar, debido a que la empresa no funcionaría en el lugar ignorando su sede actual; Que en orden 20, obra constancia de notificación mediante Boletín Oficial en distintas fechas, 11/07/22, 08/07/22 y 07/07/22; Que, por lo expuesto se encuentra debidamente acreditado la falta de pago por parte de la Empresa de Seguridad, en los términos legales vigentes, por lo que se debería inhabilitar a la empresa de referencia conforme lo dispone el artículo 34, apartado 1, inciso e de la Ley N 6441/72 para lo cual corresponde la sanción de inhabilitación definitiva; Por ello y atento lo dictaminado por la Dirección de Asesoría Letrada en orden 24 y la facultad delegada mediante Resolución N 1240-S-16, EL SUBSECRETARIO DE RELACIONES INSTITUCIONALES RESUELVE :
Artículo 1 - Inhabilitar por el término de veinte 20 años para la actividad regulada por la Ley N 6441 y su normativa complementaria a la Empresa Privada de Vigilancia UNION S.R.L., C.U.I.T. N
30-70517107-2, con domicilio legal en calle Pedro Molina 249 2 piso, departamento 6, Ciudad de Mendoza, conjuntamente con sus propietarios, Sres. MARTINEZ, Mario Fabián, D.N.I. N 17.463.800 y MARTINEZ, Juan Pablo D.N.I. N 14.801.381 y Directores Técnicos la Sra. ALCARAZ, Vicenta Irene, D.N.I N 09.979.760, y como Sub Director Técnico al Sr. LOPEZ, Luis Guillermo, D.N.I N 13.441.962, conforme lo establecido en art. 34 apartado II inc. d de la Ley N 6441 y modificaciones. Artículo 2 Notificar por el Registro de Empresas Privadas de Vigilancia de lo dispuesto en el artículo anterior, debiendo asentar lo actuado en los archivos respectivos. Asimismo, girar copia de la presente resolución a los organismos que correspondan a los fines pertinentes. Artículo 3- Comuníquese, notifíquese e insértese en el Libro de Resoluciones. FDO. Nestor MajulSubsecretario de Relaciones InstitucionalesMinisterio de Seguridad.
S/Cargo
BO-2022-06563361-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 16 de Septiembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 73 de 105

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 16/09/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaysArgentine

Date16/09/2022

Page count106

Edition count1861

Première édition20/01/2017

Dernière édition06/08/2024

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