Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 03/01/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

Que, no es dable aceptar que esta situación excepcional, de fuerza mayor e imprevisible, que resulta extraña y ajena a la voluntad de la Caja, provoque la acefalía en los órganos que integran la Caja, en especial el Directorio, que constituye el órgano de gobierno y administración esencial de la institución.
Que, en Mendoza no existe normativa dictada por la legislatura provincial referida específicamente al tema;
Que, la Dirección de Personas Jurídicas emitió resoluciones con el objeto de prorrogar los mandatos de las asociaciones civiles que están bajo su control, las cuales no son aplicables a nuestra institución por su naturaleza de ente público no estatal, y por ende, no sujeta al control de ese organismo;
Que, ante la ausencia de normas específicas que regulen esta situación de excepción, se solicitó al Poder Ejecutivo que impulse las disposiciones legales pertinentes que eviten la acefalía y el desgobierno de la Caja de Previsión;
Que, oportunamente, el Poder Ejecutivo, a través la Subsecretaría Legal y Técnica del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia consideró que debe tenerse en cuenta que recientemente se han dictado normas, tanto a nivel nacional como provincial, que restringen eventos masivos;
Que, deberá la Caja adoptar las medidas para asegurar su funcionamiento mediante la continuidad de las actuales autoridades, hasta tanto se modifiquen las normas vigentes, que son de carácter excepcional y transitorio;
Que, en la actualidad, la mayoría de las disposiciones normativas de restricciones citadas por el informe de la Subsecretaría Legal y Técnica del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia han sido derogadas y dejadas sin efecto, por lo cual las instituciones han designado los profesionales para ocupar los cargos que se renuevan, salvo el Centro de Profesionales Jubilados;
Que, existen dictámenes jurídicos que aconsejan la prórroga de mandatos de los miembros del Directorio, Comisión de Fiscalización y Asamblea, con el objeto de evitar que la Caja quede sin el gobierno que indica la Ley 7361;
Que, de conformidad con el art. 20, inc. e del art. 25 de la Ley 7361 y el art. 2 del Reglamento de Directorio, el Presidente convocará a una reunión del nuevo Directorio y con la totalidad de los miembros deberán elegir las nuevas autoridades;
Que, por los motivos expuestos, el Directorio decidió mediante la Res. N 141/21 la prórroga de los mandatos hasta el 30 de septiembre de 2021;
Que, dicha prórroga se hizo necesario extenderla hasta el 31 de octubre de 2021;
Que, COPIG, Colegio de Arquitectos, Colegio de Técnicos y Colegio de Agrimensura de Mendoza, han realizado las elecciones pertinentes y designado los profesionales que ocuparan los cargos;
Que, el Directorio ha solicitado en reiteradas oportunidades, mediante Nota N 110/21 de fecha 28/10/2021, Nota N 114/21 del 4/11/2021 y Nota N 126/21 de 18/11/2021, al CPJ para que proceda a la urgente sustitución de los profesionales inhabilitados, atento la necesidad de regularización de los órganos de la Caja;
Que, el CPJ, si bien ha efectuado las elecciones de titulares y suplentes, no ha designado el reemplazo de un director titular y dos asambleístas titulares que se encuentran inhabilitados para asumir en sus cargos, Que, se encuentra vigente la medida cautelar, dictada en el marco de la Acción de Amparo contra la Caja interpuesta por el Ing. Gerardo Catapano, que impide la elección de Presidente de Directorio.

BO-2022-00002107-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Lunes 3 de Enero de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 44 de 67

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 03/01/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaysArgentine

Date03/01/2022

Page count68

Edition count1864

Première édition20/01/2017

Dernière édition09/08/2024

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