Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 01/10/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

establecidas en el Código Civil y Comercial T.O. Ley 26.994 y en los libros habilitados a nombre de la U.T. que se requieran atendiendo la naturaleza de la actividad a desarrollar, sin perjuicio de libros complementarios y auxiliares que resulten convenientes. CESIÓN. Ninguna de las PARTES podrá vender, ceder, ni transferir, total ni parcialmente, bajo cualquier título, sus derechos y obligaciones en la U.T., sin la previa conformidad escrita de las otras PARTES. En caso de que una PARTE decidiere vender, ceder o transferir su participación en la U.T. a terceros, la otra PARTE tendrá un derecho de preferencia para adquirir la participación en las mismas condiciones que el tercero. La PARTE que se desprendiere de su participación en la U.T. violando lo prescrito en la presente cláusula, será ilimitada y solidariamente responsable con el tercero adquirente, de todo daño y perjuicio provocado a la PARTE no enajenante. COMITE DE DIRECCIÓN. La dirección, gestión y administración general de la U.T., estará a cargo de un Comité de Dirección constituido por un representante titular y uno suplente, de cada una de las PARTES. Cualquiera de las PARTES, en cualquier momento y sin expresión de causa, podrá sustituir a su representante en el Comité de Dirección que dicha PARTE haya nombrado, para lo cual bastará una comunicación formal a los demás miembros del Comité de Dirección, indicando la persona que reemplazará al miembro saliente. Funciones del Comité de Dirección. El Comité de Dirección decidirá sobre todas las cuestiones vinculadas a la dirección, gestión y administración general de la U.T.
Integración del Comité de Dirección. El Comité de Dirección estará integrado por tres 3 miembros titulares y tres 3 miembros suplentes, quienes serán designados de conformidad con las reglas siguientes: ANDESMAR designará un 1 miembro titular y un 1 miembro suplente; DIVISIÓN
INDUSTRIAL designará un 1 miembro titular y un 1 miembro suplente; y EMPRESA MAIPÚ
designará un 1 miembro titular y un 1 miembro suplente. QUORUM. Para que el Comité de Dirección sesione y decida válidamente se requerirá la presencia de la mayoría simple de sus miembros titulares o sus reemplazantes suplentes convocados formalmente a tales efectos. TOMA DE DECISIONES. Las decisiones del Comité de Dirección serán tomadas por mayoría simple. FALTA DE QUORUM O DE
MAYORIAS. Para el caso de no alcanzarse las mayorías previstas para sesionar y/o decidir, el LIDER
tomará una decisión. DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA U.T. La presente Unión Transitoria se considerará disuelta: Por decisión expresa del Comité de Dirección. Por la imposibilidad material y/o jurídica de cumplir con el objeto de la presente Unión Transitoria. Por reducción a un solo miembro de sus participantes, por cualquier causa que fuere. Ocurrido alguno de los supuestos indicados en el presente, los representantes procederán a la disolución y liquidación de la U.T., debiendo cancelarse todas las obligaciones pendientes, exigiendo - en su caso - el ingreso de la cuota parte proporcional de acuerdo con los términos del presente CONVENIO y distribuyendo el activo o los resultados de la U.T. entre sus miembros. A tal efecto, se establecerán los saldos activos y pasivos correspondientes a cada uno.ADMISION DE NUEVOS MIEMBROS. La admisión de nuevos miembros a la U.T. deberá ser resuelta por el Comité de Dirección.
Boleto N: ATM_5511779 Importe: $ 1632
01/10/2021 1 Pub.

BANCO DE SANGRE SAS Comuníquese la constitución de una SOCIEDAD POR ACCIONES
SIMPLIFICADA, conforme a las siguientes previsiones: 1º Socios: el señor HECTOR OMAR ROMAN, argentino, con Documento Nacional de Identidad número 11.524.377, C.U.I.T / C.U.I.L 20-11524377-3, nacido el día diecinueve de Julio del año 1971, quien manifesta ser soltero, de profesión comerciante, y domiciliarse en calle España 2927, Departamento Las Heras de esta Provincia.- 2º Fecha del acto constitutivo: Dos de Septiembre del año 2021, mediante escritura 59, pasada ante el Notario Emanuel Sebastián Paz, Titular del Registro Tres de Capital, a fojas 257, del Protocolo Único a su cargo 3
Denominación: BANCO DE SANGRE S.A.S..- 4º Domicilio: El domicilio de la sede social se ha fijado en calle RIOJA 979, oficina cuatro, Distrito CIUDAD, Departamento CAPITAL de esta Provincia.- 5º Objeto:
La Sociedad tendrá por objeto, realizar por cuenta propia y/o ajena y/o asociada a sus efectos con terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: SERVICIOS DE HEMOTERAPIA:
Obtención, clasificación, preparación, fraccionamiento, producción, almacenamiento, conservación, distribución, transporte, suministro y provisión de materia prima y hemoderivados de la sangre humana, a particulares, hospitales o clínicas, ya sean públicos o privados, y a plantas destinadas a tal fin; podrá
BO-2021-06283405-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 1 de Octubre de 2021
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 01/10/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaysArgentine

Date01/10/2021

Page count153

Edition count1857

Première édition20/01/2017

Dernière édition31/07/2024

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