Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 10/09/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

06-07-08-09-10/09/2021 5 Pub.
JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, hace saber que a fs. 19 de los autos CUIJ Nº 13-05311446-0 caratulados: "LUJAN FELIPE P/ QUIEBRA DEUDOR, se ha resuelto lo siguiente: MENDOZA, 04 de Junio de 2020. Y VISTOS CONSIDERANDO RESUELVO I. Declarar la QUIEBRA de LUJAN FELIPE, D.N.I. N 12.724.088. XVI. Ordenar se publiquen edictos por CINCO
DIAS en el Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto por el art. 89 L.C.. OFICIESE. y a fs. 42/44 se ha dispuesto lo siguiente:
Mendoza, 01
de Septiembre de 2021.
Y VISTOS CONSIDERANDORESUELVO: I. Modificar las fechas dispuestas en la sentencia de fecha 04/06/2020 en los puntos V a IX, en el siguiente sentido V. Fijar el día NUEVE DE NOVIEMBRE DE
2021 como fecha hasta la cual pueden presentar los acreedores, ante el Síndico las solicitudes de verificación art. 200 L.C.Q.. Las mismas podrán ser remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el cual será informado al momento de su aceptación de cargo, o bien a través del sistema de verificación digital que sea fijado oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. VI. Fijar el día VEINTICINCO DE
NOVIEMBRE DE 2021 como fecha hasta la cual el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación puedan concurrir el domicilio del Síndico, a efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones a las solicitudes presentadas art. 200, sexto párrafo LCQ, con el mismo procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido de remisión a Sindicatura de los archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el Síndico presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo, copia de las impugnaciones recibidas, a través de la MEED.VII. Fijar el día VEINTISIETE DE DICIEMBRE DE 2021 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los Informes Individuales de los créditos insinuados. VIII. Fijar el día VEINTICINCO DE ABRIL DE 2022 como fecha en la cual el Tribunal resolverá sobre la procedencia y alcance de las solicitudes formuladas por los acreedores, fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal. IX. Fijar el día NUEVE DE MAYO DE 2022 como fecha hasta la cual el Sr. Síndico presentará el Informe General, el que estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse observaciones hasta el día VEINTITRES DE MAYO DE 2022. II. Ordenar se publiquen edictos de la declaración de quiebra, con las modificaciones introducidas por el presente auto, por CINCO
DIAS en el Boletín Oficial, según lo dispuesto por el art. 89 L.C.Q. CÓPIESE. REGÍSTRESE. Fdo. Dr.
GLORIA E. CORTEZ Juez. Síndico Ctdor. SUSANA HAYDÉE IBARRA con dirección de correo electrónico: ibarra_susana@hotmail.com; y domicilio legal en calle Martinez de Rosas N 21, Ciudad, Mendoza. Días y Horarios de Atención: LUNES, MIERCOLES Y JUEVES DE 16 A 20 horas. TEL.
4285728/02615095999. Fdo. Dra. Érica E. López Secretaria.
C.A.D. N: 24074 Importe: $ 2400
06-07-08-09-10/09/2021 5 Pub.
JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, hace saber que a fs. 16 de los autos CUIJ Nº 13-04052127-9 caratulados: "DIAZ HECTOR DAVID P/ QUIEBRA DEUDOR, se ha resuelto lo siguiente: MENDOZA, 09 de Febrero de 2017. Y VISTOS CONSIDERANDO
RESUELVO I. Declarar la QUIEBRA de DIAZ HECTOR DAVID, D.N.I. N 29.101.678. XVI. Ordenar se publiquen edictos por CINCO DIAS en el Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto por el art. 89
L.C.. OFICIESE. y a fs. 78/80 se ha dispuesto lo siguiente: Mendoza, 01 de Septiembre de 2021. Y
VISTOS CONSIDERANDORESUELVO: I. Modificar las fechas dispuestas en el auto de reprogramación de fechas en los puntos V a IX, en el siguiente sentido V. Fijar el día NUEVE DE
NOVIEMBRE DE 2021 como fecha hasta la cual pueden presentar los acreedores, ante el Síndico las solicitudes de verificación art. 200 L.C.Q.. Las mismas podrán ser remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el cual será informado al momento de su aceptación de cargo, o bien a través del sistema de verificación digital que sea fijado oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. VI. Fijar el día VEINTICINCO DE NOVIEMBRE DE 2021 como fecha hasta la cual el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación puedan concurrir el domicilio del Síndico, a efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones a las solicitudes presentadas art. 200, sexto párrafo LCQ, con el mismo procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido de remisión a Sindicatura de los archivos digitales presentados por los acreedores. Deberá el
BO-2021-05683511-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 10 de Septiembre de 2021
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 79 de 140

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 10/09/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaysArgentine

Date10/09/2021

Page count141

Edition count1858

Première édition20/01/2017

Dernière édition01/08/2024

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