Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 19/08/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

N 21.124.327. III-Ordenar se notifique a la parte demandada, la providencia de fs. 34 por medio de edictos a publicarse en el Boletín Oficial y en las páginas Web del Poder Judicial, del Colegio de Abogados y Procuradores de la 1 Circunscripción Judicial de Mendoza y Diario Los Andes por el término de tres días, con dos días de intervalo, bajo responsabilidad de la parte actora artículo 72 del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza Ley 9001.IV-Efectuada las publicaciones, dése intervención al Defensor de Pobres y Ausentes en turno. Notifíquese. Fdo. PEDRO JAVIER URQUIZUJUEZA fs. 125 proveyó: Mendoza, 31 de Marzo de 2021.-AUTOS Y VISTOS:
CONSIDERANDO:RESUELVO: 1. Modificar el dispositivo III del resolutivo de fs 124 en el sentido que las resoluciones a notificar son las de fs. 61 y 63.- Notifíquese conjuntamente con la resolución de fs.
124.- Fdo. PEDRO JAVIER URQUIZUJUEZ.- A fs. 61 se proveyó: Las Heras, Mendoza, martes, 03 de setiembre del 2.019.- AUTOS Y VISTOS:RESUELVO: Regular los honorarios del Dr. María Ximena Rodríguez Costantino, en la suma de $ 69.754,65.- Notifíquese.-Fdo: Dr. Pedro Javier Urquizu Juez A
fs 63 se proveyó: Heras, Mendoza, 12 de setiembre de 2019.-AUTOS, VISTOS y CONSIDERANDO:
RESUELVO: I Ampliar el resolutivo del auto de fs. 61 y disponer como dispositivo II del mismo lo siguiente: Imponer las costas a la demanda vencida arts. 35 y 36 del C.C.C y T..II NOTIFÍQUESE EL
PRESENTE JUNTAMENTE CON EL AUTO DE FS. 61. Fdo: Dr. Pedro Javier Urquizu - Juez Juez Boleto N: ATM_5379782 Importe: $ 1008
13-19-24/08/2021 3 Pub.
JUEZ DEL RIVADAVIA, SECRETARIA Nº -, AUTOS Nº 82211, "RECURSOS S.C. C/ FONTANARI JULIO
CESAR S/ PREPARA VIA MONITORIA, NOTIFICA A JULIO CESAR FONTANARI, D.N.I. N 24.419.624
persona de ignorado domicilio, lo siguiente: " A fs. 75:" Rivadavia, Mendoza, 29 de junio de 2021AUTOS
Y VISTOS: - RESULTA: CONSIDERANDO: -RESUELVO: I.- Téngase presente lo expresado e informes acompañados, y por cumplido el previo de fs. 71. II.- Hacer lugar a la demanda ejecutiva interpuesta por Recursos SC, en contra de la parte demandada el Sr. Julio Cesar Fontanari, y en consecuencia ordenar seguir adelante los procedimientos de la presente causa, hasta tanto los accionados hagan al actor íntegro pago del capital reclamado de pesos once mil ciento sesenta y nueve $ 11.169, con más la suma de pesos catorce mil $ 14.000 que se presupuesta provisoriamente para responder a intereses pactados y costas del juicio. III.- Regular los honorarios profesionales de la Dra.
Adriana E. Puga en la suma de pesos un mil ciento dieciséis con 90/100 centavos $ 1.116,90, con más los intereses que correspondan hasta la fecha de su efectivo pago arts. 19 in fine y cc de la Ley 9131 y art. 33 inc. III del CPCCT, y del Dr. Andrés Cacciali Puga en la suma de pesos dos mil doscientos treinta y tres con 80/100 centavos $ 2.233,80, con más los intereses que correspondan hasta la fecha de su efectivo pago arts. 19 in fine y cc de la Ley 9131 y art. 33 inc. III del CPCCT, más IVA en caso de corresponder, sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición a la presente sentencia monitoria. IV.- Hacer saber al ejecutado que en el plazo de CINCO 5 DÍAS HÁBILES
contados desde su notificación deberá constituir domicilio procesal y electrónico, podrá cumplir voluntariamente la sentencia, depositando el capital de condena más la suma presupuestada provisoriamente para intereses, costas y demás accesorios legales, todo sujeto a liquidación futura que practicará el actor de autos. En defecto de pago voluntario, en el mismo plazo, podrá oponerse a esta sentencia solicitando la nulidad de la vía monitoria, u oposición, defensas, excepciones y ofrecimiento de pruebas; asimismo, y en el mismo plazo, deberá constituir domicilio legal y dirección electrónica bajo apercibimiento de tenerlo por rebelde sin más trámite y considerarse firme la presente y continuar con su ejecución arts. 234 inc. II, III, IV, 235 inc. I, 21, 74 y 75 del C.P.C.C y T. Ley 9001.V.- Vencido el plazo otorgado en punto IV para cumplir voluntariamente u oponerse a la presente sentencia y no habiéndolo hecho, considérese firme la misma, y continúese con su ejecución arts. 35, 36, 37 y 235 inc. V del C.P.C.C y T. Ley 9001. VI.-..-CUMPLASE. NOTIFIQUESE..-FDO.: DR. RODRIGO FURQUE, JUEZ"
Boleto N: ATM_5382617 Importe: $ 1392
13-19-24/08/2021 3 Pub.
Auto N 9.499 caratulados "MICUCCI MARIANA C/ CARRIERI NICOLAS ADRIAN MIRCO Y OTROS P/
CAMBIARIA", originarios del Tribunal de Gestión Asociada de Paz Primero Primera Circunscripción
BO-2021-05061172-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Jueves 19 de Agosto de 2021
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 112 de 146

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 19/08/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaysArgentine

Date19/08/2021

Page count147

Edition count1841

Première édition20/01/2017

Dernière édition05/07/2024

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