Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 17/03/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza
presenta normativa.
Artículo 5to.- Publíquese en el Boletín Oficial y comuníquese a quienes corresponda.
JOSÉ MANUEL THOMAS
S/Cargo 17/03/2021 1 Pub.
A.T.M. - ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MENDOZA
Resolución N: 16
MENDOZA, 16 DE MARZO DE 2021
VISTO:
El expediente Nº EX-2021-01480748-GDEMZA-DGR_ATM, lo dispuesto por la Ley N 9243 y sus modificatorias y los Decretos Nros. 966/2020 y 227/21, y CONSIDERANDO:
Que la Ley N 9243, se crea el Programa MENDOZA ACTIVA, que tiene por objeto acelerar la reactivación de las actividades económicas en la Provincia de Mendoza, otorgando a las empresas beneficiarias el reintegro hasta el cuarenta por ciento 40% de la inversión efectivamente realizada, utilizando como medios de reintegros el dinero en efectivo, la provisión de una tarjeta de consumo para uso en actividades turísticas, gastronómicas, sociales, culturales, recreativas, deportivas y de interés local, entre otras y/o el otorgamiento de un crédito fiscal.
Que el Decreto Nº 966/2020, dispone que el reintegro realizado mediante el otorgamiento de Crédito Fiscal, se implemento a través de billetera virtual el que podrá ser libremente transferido.
Que el mismo podrá ser utilizado para el pago del Impuesto de Ingresos Brutos hasta el diez por ciento 10% del total mensual determinado por el contribuyente, y será el Ministerio de Economía y Energía quien elevará mensualmente a la Administración Tributaria Mendoza una conciliación del crédito que se encuentre circulando en las billeteras que se utilicen en la implementación del programa, garantizando la trazabilidad del crédito fiscal otorgado.
Que en consecuencia, la Administración Tributaria debe establecer los requisitos y condiciones para la utilización del mencionado Crédito Fiscal para el pago de las obligaciones tributarias que administra este Organismo.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 10 inciso 4. del Código Fiscal t.o. s/Decreto N 1176/19 y modificatorias y la Ley N 8.521, EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA MENDOZA
R E S U E L V E:
Artículo 1- Apruébese el aplicativo web, denominado BILLETERA VIRTUAL, que permite el uso de Créditos Fiscales mediante la utilización de billeteras virtuales en el marco del Programa MENDOZA
ACTIVA.
BO-2021-01551963-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Miércoles 17 de Marzo de 2021
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
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