Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 20/08/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º- Rechácese la solicitud formulada oportunamente por la Sra. CLEOFE CELMIRA BUSTOS, D.N.I. Nº F6.415.554, para obtener el beneficio otorgado por la Ley Nº 8395 y su Decreto Reglamentario Nº 514/12, en su carácter de viuda del Sr. OSVALDO FRANCALANCIA, por no encontrarse cumplidos los extremos que prevén las mencionadas normas legales y de conformidad a lo dictaminado por Asesoría de Gobierno en fs. 44/45 vta. y 83 y por Fiscalía de Estado a fs. 85/86 del expediente 2062-B-2012-77762.
Artículo 2- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ
FARM. ANA MARÍA NADAL
S/Cargo 20/08/2020 1 Pub.
Decreto N: 985
MENDOZA, 12 DE AGOSTO DE 2020
Visto el expediente EX2018-02767000-GDEMZA-DCONTMSDSYD, en el cual obra el Decreto Nº 980/19; y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 980/19 se aprobó el Convenio de Colaboración, suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, por una parte y REMAR ARGENTINA
ASOCIACION CIVIL, por la otra.
Que la Cláusula Décimo Cuarta del Convenio aprobado por Decreto Nº 980/19, prevé la prórroga del mismo por UN 1 AÑO, por parte del MINISTERIO, de conformidad a razones de necesidad y continuidad del servicio en tanto y en cuanto sus posibilidades presupuestarias así lo permitan.
Que en orden 82 obra Cédula de Notificación de prórroga, por el término de UN 1 AÑO y conformidad expresa de aceptación, por parte de REMAR ARGENTINA ASOCIACION CIVIL.
Que en orden 94 obra VºBº de la Sra. Ministra de Salud, Desarrollo Social y Deportes.
Por ello, en razón del pedido formulado, habiéndose diligenciado el pertinente volante de imputación preventiva, lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada de la Subsecretaría de Desarrollo Social del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y conforme lo establecido en el Art. 3 inc. 9 de la ley Nº 9206 y en concordancia con lo normado en el Art. 128 de la Constitución de la Provincia de Mendoza, EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:

BO-2020-03794003-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Jueves 20 de Agosto de 2020
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 15 de 83

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 20/08/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaysArgentine

Date20/08/2020

Page count84

Edition count1859

Première édition20/01/2017

Dernière édition02/08/2024

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