Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 02/08/2019

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

Compartos, General Alvear, Mendoza. SUPERFICIE: según su título y plano confeccionado por el Agrimensor Ernesto Lust en agosto de 1998 visado por la Dirección de Catastro y Archivado bajo el N11.262 consta de una superficie de siete hectáreas seis mil setecientos sesenta y nueve metros sesenta y siete decímetros cuadrados. LIMITES Y LINDEROS: al Norte en 149,50 mts. con Salvador Cano; al Sud, en 157,30 mts. con calle E; al Este, en 500,40 mts. con Cristina y Nancy Balbo; y al Oeste, en 500, 40 mts. con Antonio Moreno. Le corresponde por venta de JOSE LANA a SERGIO DANIEL
MARTINEZ mediante escritura N140 de fecha 03/12/1998, pasada ante la notaria Josefa Hilda Hidalgo, Titular del Registro Notarial 227. INSCRIPCIONES: Registro de la Propiedad Raíz, inscripto en la Matricula N 9592/18. Padrón Territorial de General Alvear N42693/68; Nomenclatura Catastral N18-99-00-0200-430110. Posee derecho de agua de riego para 7 Has. 6770 mts.2 de carácter definitivo inscripto en el Departamento General de Irrigación y riega por el Rio Canal Matriz Nuevo Alvear Rama cuatro Hijuela Zangrandi, Desage Cañada Honda registrado ese Derecho en el Padrón General N
43302 y en el Padrón Parcial N 11. En la sección Aguas Subterráneas no figura inscripta ninguna perforación. MEJORAS: En el inmueble no existen mejoras de ningún tipo, ya que se trata de una propiedad en blanco, sin nivelar cubierta de malezas y en completo estado de abandono. El ingreso a la propiedad es mediante un puente precario en mal estado. Posee asfalto por calle E y bordea con el desage citado, se observa el tendido de red eléctrica. CIERRE PERIMETRAL: Los costados se hallan cerrados parte alambrado y postes en mal estado y parte abierto. ESTADO DE OCUPACION: Existe un abandono físico del inmueble por su titular, no existe persona alguna que resida allí, no se observa ningún tipo de ubicación que se encuentre pisada, plantada o adherida al suelo. Se ignora si persona alguna responde por cualquier deterioro causado en la propiedad, incluso por visitantes ocasionales, pero no por acción del propietario o propietarios o sus dependientes. Se constata una ausencia prolongada en el tiempo. Fdo: Dr. Lucas A. Rio Allaime Conjuez Boleto N: ATM_4610670 Importe: $ 2280
29-30-31/07 01-02/08/2019 5 Pub.
CONCURSOS Y QUIEBRAS

JUEZ TERCER JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, a cargo del. Dr. Pablo González Masanés, Juez, Secretaria Dra. Candelaria Pulenta, sito en Pedro Molina N 517, 2º piso, Ciudad, Mendoza, C.P.
5.500 hace saber a posibles interesados y acreedores que a fs. 36 de los autos Nº 1.019.758
caratulados "SALINAS JUAN ESTEBAN p/ QUIEBRA D se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 24 DE JUNIO DE 2019.- AUTOS Y VISTOS CONSIDERANDO
RESUELVO: I.- DECLARAR la quiebra de SALINAS JUAN ESTEBAN D.N.I N 38.908.269, V. Fijar el el día SIETE DE OCTUBRE DE 2019 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la solicitud de verificación de sus créditos ante el síndico art. 200 Ley 24.522; pudiendo el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación, concurrir al domicilio de sindicatura hasta el día VEINTIDOS DE
OCTUBRE DE 2019 a los efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto por el art. 35 LCQ art.
200 sexto párrafo Ley 24.522 y debiendo sindicatura presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo del párrafo anterior copia de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas al legajo del art.279 Ley 24.522. VI. Fijar el día VEINTE DE NOVIEMBRE DE 2019 como fecha hasta la cual deberá presentar sindicatura el informe individual de créditos; dictándose sentencia de verificación de créditos el día CUATRO DE DICIEMBRE DE 2019, fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal art.
274 LCQ. VII. Fijar el día SEIS DE FEBRERO DE 2020 como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico el informe general, el que estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse observaciones hasta el día VEINTE DE FEBRERO DE 2020. X.- Intimar al fallido y a los terceros que posean bienes y documentación de aquel para la entrega al síndico dentro de los dos días de la última publicación edictal.- XI.- Ordenar a la fallida que dentro del día siguiente a la notificación entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. XII.Disponer la PROHIBICIÓN DE HACER PAGOS a la fallida, los que serán ineficaces en caso de hacerse.
XVII.- Ordenar se publiquen edictos por CINCO DIAS en el Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto por el art. 89 LCQ. Ofíciese a instancia delTribunal. COPIESE. REGISTRESE. Fdo.. Dr. Pablo
BO-2019-04007232-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 2 de Agosto de 2019
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 85 de 154

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 02/08/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaysArgentine

Date02/08/2019

Page count155

Edition count1848

Première édition20/01/2017

Dernière édition17/07/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Agosto 2019>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031