Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 04/02/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

viaje al exterior los días 7 y 8 de mayo de 2018, con destino a la República de Chile, de la Dra. Alicia Inés Valencia, Directora de Emergencias del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, para participar de la XXXVIII REUNIÓN COMITÉ DE INTEGRACIÓN PASO SISTEMA CRISTO REDENTOR;
Por ello, en razón de lo solicitado, la conformidad de la Subsecretaría de Salud, lo dictaminado por la Subdirección de Asesoría Letrada y de acuerdo a lo establecido en los Arts. 29, 30 y 34 del Decreto Provincial N 1717/16, EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1- Téngase por autorizado el viaje al exterior de la Dra. Alicia Inés Valencia, Directora de Emergencias del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, para participar de la XXXVIII
REUNIÓN COMITÉ DE INTEGRACIÓN PASO SISTEMA CRISTO REDENTOR que se realizó en la Región de Valparaíso, República de Chile, los días 7 y 8 de mayo de 2018.
Artículo 2- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
LIC. ALFREDO V. CORNEJO
CDORA. NELIDA ELISABETH CRESCITELLI
S/Cargo 04/02/2019 1 Pub.
Decreto N: 1924
MENDOZA, 13 DE NOVIEMBRE DE 2018
Visto el expediente 2236-D-18-20108 y sus acumulados 5158-D-16-77770 y 3516-D-15-77770 en el cual el Sr. ALBERTO DEMETRIO HERNÁNDEZ BAZÁN, interpone Recurso Jerárquico en contra de la Resolución Nº 1407/16 del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes; y CONSIDERANDO:
Que si bien el Recurso Jerárquico fue presentado antes de que se resolviera el de Revocatoria interpuesto a fs. 01/11 del expediente 5158-D-16-77770 contra el mismo acto administrativo, encontrándose la vía impugnativa abierta en tiempo y forma por dicha revocatoria, en el interín se sancionó la Ley Nº 9003 que en su Art. 179 establece que no resulta necesaria la articulación de la revocatoria previa para la procedencia del recurso jerárquico, por ello debe admitirse formalmente la impugnación;
Que el recurrente se agravia postulando que el acto se encuentra viciado por no valorar razonablemente los hechos y el derecho aplicable, ya que no existió ninguna irregularidad de su parte, que la falta de presentación del presentismo correspondiente a los meses de febrero a junio de 2015 fue debido a la inasistencia de la persona que tenía a su cargo el envío del mismo al Ministerio y que en relación a los meses de noviembre y diciembre de dicho año, se encontraba adscripto en la Dirección de Gestión Preventiva y Promoción del Ministerio, por lo que el presentismo por ese periodo fue enviado por correo electrónico por el Sr. Lucero, quien era encargado del Programa Preventivo, al Ministerio de Salud, concluyendo que la Resolución que impugna es arbitraria y se encuentra ilógicamente motivada;
Que hay una violación de su derecho de defensa porque la Administración no quiso escuchar ni analizar la
BO-2019-00525605-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Lunes 4 de Febrero de 2019
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 04/02/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaysArgentine

Date04/02/2019

Page count110

Edition count1859

Première édition20/01/2017

Dernière édition02/08/2024

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