Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 29/06/2018

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

El Expediente Nº 4307 / C / 2018, del Colegio de Técnicos de la Construcción e Industria de Mendoza, Caratulado CONTRERA, ROSA AMELIA DENUNCIA A LOS PROFESIONALES: M.M.O. ALBORNOZ, DAVID EMANUEL MATR. 6224. POR INCUMPLIMIENTO LABOR PROFESIONAL, iniciado en fecha 31
de Octubre de 2017, por la Sra., ROSA AMELIA CONTRERA con D.N.I. Nº 5.443.690.Que a fojas 01 y s.s. obra denuncia, Que a foja 11, pase a tratamiento en Consejo Directivo, Que a fojas 12 y 13, constancia de informe de Reunión de Consejo Directivo nº 451, Que a foja 14, obra Estado de Matrícula del profesional, Que a foja 15, obra pase al Tribunal de Ética y Ejercicio Profesional, Que a foja 16, Avocamiento del Tribunal de Ética y Ejercicio Profesional, Que a foja 17, obra Cédula de Notificación al profesional, Que a fojas 18 y 19, obra Notificación con Resolución del municipio de Guaymallen, Que a fojas 20, 21, 22 y 23, el Tribunal de Ética y Ejercicio Profesional eleva nota con considerandos, fundamentos y sugerencia, para su tratamiento en Reunión de Comisión Directiva, Que a foja 24, obra pase para tratamiento en Consejo Directivo e informe, Que a foja 25, obra informe de Reunión de Consejo Directivo nº 469, CONSIDERANDO:
Que la actuación del Profesional DAVID EMANUEL ALBORNOZ, MATRICULA Nº 6.224, MAESTRO
MAYOR DE OBRAS; es contraria a las Normas de Ética Profesional Vigentes, Incurriendo en Faltas a las mismas según los Derechos y Obligaciones que impone la Ética Profesional; Artículos 1 y 2, Capítulo I. Según los Deberes que impone la Ética Profesional en Artículos 3 y 4, Capítulo II, Título I del Código de Ética Profesional. Además, el profesional ha infringido los Deberes para los comitentes y terceros, Artículos 22 y 23, Capítulo IV, Título I del Código de Ética Profesional.
POR ELLO:
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO DE TÉCNICOS DE LA
CONSTRUCCIÓN E INDUSTRIA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA
RESUELVE:
Art. 1.-APLÍQUESE: Al Profesional DAVID EMANUEL ALBORNOZ, MATRÍCULA Nº 6.224, MAESTRO
MAYOR DE OBRAS, la sanción de FALTA GRAVÍSIMA REITERADA: CANCELACIÓN DEFINITIVA DE LA
MATRÍCULA, CON DIFUSIÓN PÚBLICA de acuerdo al Art. 60, inciso e, Capítulo VI de las Penalidades, Título V del Código de Ética Profesional.
Art. 2.-DEBERÁ: El Profesional DAVID EMANUEL ALBORNOZ, MATRÍCULA Nº 6.224, MAESTRO
MAYOR DE OBRAS, hacer Efectivo el pago de la Multa impuesta dentro de los diez 10 días de la notificación de la presente Resolución a su incumplimiento; por Secretaría, procédase al cobro por Vía Judicial.

BO-2018-01782289-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 29 de Junio de 2018
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 38 de 135

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 29/06/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaysArgentine

Date29/06/2018

Page count136

Edition count1861

Première édition20/01/2017

Dernière édition06/08/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Junio 2018>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930