Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 16/02/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

presente que en caso de incumplimiento se allana a la determinación por parte del Tribunal de Ética y del Consejo Directivo
Que a foja 02, obra constancia de pago por denuncia, Que a fojas 03, 04 y 05, obra denuncia formal, Que a fojas 06 y ss. hasta la foja 38, obra fotocopia de expte. municipal, Que a fojas 39 y 40, obra Estado de Matrícula del profesional.
Que a fojas 41 y 42, obra pase para tratamiento en Consejo Directivo e informe, Que a foja 43, Avocamiento del Tribunal de Ética y Ejercicio Profesional, Que a foja 44, obra Cédula de Notificación al profesional, Que a fojas 45, 46, 47, 48 y 49, el Tribunal de Ética y Ejercicio Profesional eleva nota con considerandos, fundamentos y sugerencia, para su tratamiento en Reunión de Comisión Directiva, Que a foja 50 obra Estado de Matrícula del profesional, Que a foja 51, obra pase para tratamiento en Consejo Directivo e informe, Que a foja 52, obra informe de Reunión de Consejo Directivo nº 453, CONSIDERANDO:
Que la actuación del Profesional DAVID EMANUEL ALBORNOZ, MATRICULA Nº 6.224, MAESTRO
MAYOR DE OBRAS; es contraria a las Normas de Ética Profesional Vigentes, Incurriendo en Faltas a las mismas según los Derechos y Obligaciones que impone la Ética Profesional; Artículos 1 y 2, Capítulo I. Según los Deberes que impone la Ética Profesional en Artículos 3 y 4, Capítulo II, Título I del Código de Ética Profesional. Además, el profesional ha infringido los Deberes para los comitentes y terceros, Artículos 22, 23, Capítulo IV, Título I del Código de Ética Profesional.
EL CONSEJO DIRECTIVO
Del COLEGIO de TÉCNICOS de la CONSTRUCCIÓN e INDUSTRIA
de la PROVINCIA de MENDOZA
RESUELVE:
Art. 1.-APLÍQUESE: Al Profesional DAVID EMANUEL ALBORNOZ, MATRÍCULA Nº 6.224, MAESTRO
MAYOR DE OBRAS, la sanción de FALTA GRAVE: Suspensión en el ejercicio de la profesión por un 1
año con Difusión Pública y aplicar una Multa por un valor de $ 5.000,- PESOS CINCO MIL CON 00/100
de acuerdo al Art. 60, inciso c, Capítulo VI de las Penalidades, Título V del Código de Ética Profesional.
Art. 2.-DEBERÁ: El Profesional DAVID EMANUEL ALBORNOZ, MATRÍCULA Nº 6.224, MAESTRO
MAYOR DE OBRAS, hacer Efectivo el pago de la Multa impuesta dentro de los diez 10 días de la notificación de la presente Resolución a su incumplimiento; por Secretaría, procédase al cobro por Vía Judicial.

BO-2018-00239984-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 16 de Febrero de 2018
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 44 de 110

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 16/02/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaysArgentine

Date16/02/2018

Page count111

Edition count1861

Première édition20/01/2017

Dernière édition06/08/2024

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