Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 11/10/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

CÉDULA, a los posibles terceros interesados y a los demandados de ignorado domicilio por EDICTOS
art. 69 del C.P.C. y a las Defensoras Oficiales con remisión de los presentes. Fdo: Dra. Marcela C. RUIZ
DIAZ Juez. Boleto N: 4097978 Importe: $ 120
11/10/2017 1 Pub.

Juez del Tribunal de Gestión Judicial Asociada Nº 2, en autos Nº 4.292, caratulados CABALLERO
POBLETE, MARÍA GABRIELA C/ CASTILLO GONZÁLEZ, JUAN CARLOS P/ BENEFICIO DE LITIGAR
SIN GASTOS, notifica a los Sres. SERGIO OSCAR PORCEL y JUAN CARLOS CASTILLO, la resolución de fs. 88, que en su parte pertinente dispone: Mendoza, 10 de Agosto de 2017: I. Hacer lugar al incidente por BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS y en consecuencia, otorgarlo en cuanto por derecho corresponde a MARIA GABRIELA CABALLERO POBLETE, D.N.I. 26.828.557 y el Sr. JUAN
MANUEL CABALLERO, D.N.I. 31.816.421 al sólo y único efecto de actuar en los autos principales por Daños y Perjuicios contra JUAN CARLOS CASTILLO GONZALEZ y la Citada en Garantía LIDERAR CIA.
DE SEGUROS S.A. Fdo: Dra. Rosana Alicia MORETTI RODRIGUEZ. Juez. Asimismo, notifica la resolución de fs. 92, que en su parte pertinente dispone: Mendoza , 23 de Agosto de 2017: I - Corregir el error material en la omisión incurrida de la resolución de fs. 88 y vta, observada en su parte resolutiva dispositivo I, por lo que quedará redactada de la siguiente forma: I.- Hacer lugar al incidente por BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS y en consecuencia, otorgarlo en cuanto por derecho corresponde a MARIA GABRIELA CABALLERO POBLETE, D.N.I. 26.828.557 y el Sr. JUAN MANUEL CABALLERO, D.N.I. 31.816.421 al sólo y único efecto de actuar en los autos principales por Daños y Perjuicios contra JUAN CARLOS CASTILLO GONZALEZ, SERGIO OSCAR PORCEL y la Citada en Garantía LIDERAR
CIA. DE SEGUROS S.A. por ser persona carente de recursos económicos. Fdo: Dra. Rosana Alicia MORETTI RODRIGUEZ. Juez.
Boleto N: 4098004 Importe: $ 96
11/10/2017 1 Pub.

TRIBUNAL DE GESTIÓN JUDICIAL ASOCIADA Nº 1 DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, autos N 255.636 caratulados "MENDOZA FIDUCIARIA S.A. FID.
DEL FID. DE ASISTENCIA A LA CADENA DE VALOR VIT. c/ GOLTZMAN, ALBERTO SAMUEL p/
EJECUCION CAMBIARIA", notifica al Sr. ALBERTO SAMUEL GOLTZMAN D.N.I. 11.369.132, demandado, por sí, declarado de ignorado domicilio, el requerimiento de pago ordenado a fs. 13 de estos autos, y que continuación se copia: "Mendoza, 17 de Junio de 2.015. VISTOS Y CONSIDERANDO: Los autos precedentemente individualizados, atento a lo solicitado y documentación acompañada, en virtud de lo normado por los artículos 228, 230 y concordantes del Código Procesal Civil, es que RESUELVO: I.
- Téngase al ejecutante MENDOZA FIDUCIARIA S.A. FID. DEL FID. DE ASISTENCIA A LA CADENA DE
VALOR VIT. - por presentado, parte y domiciliado en el carácter invocado. II. - Líbrese mandamiento contra GOLTZMAN ALBERTO SAMUEL. III. - Ordenar se requiera de pago al/los demandado/s por el cobro de la suma de pesos DIECISIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y UNO CON 00/100 $ 17.151,00, que le reclama el actor MENDOZA FIDUCIARIA S.A. FID. DEL FID. DE ASISTENCIA A LA CADENA DE
VALOR VIT. -, con más la suma de pesos CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE CON 00/100
5.149,00, que se fija provisoriamente para intereses, SIN PERJUICIO DE SU MERITUACIÓN EN LA
ETAPA DE LA LIQUIDACIÓN Y/O LOS ÍNDICES CORRESPONDIENTES, gatos y costas juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes muebles de propiedad del/los demandado/s que se encuentren en su domicilio REAL, y susceptibles de tal medida, hasta cubrir la suma de pesos VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS CON 00/100 $ 22.300,00, fijada provisoriamente para responder a capital, intereses, costos y costas del juicio. Facúltase al Oficial de Justicia a hacer uso del auxilio de la fuerza pública y allanamiento de domicilio en caso de ser necesario. IV. - Cítese al/los demandado/s para defensa por el término de SEIS 6 DIAS bajo apercibimiento de ley y conmínasele/s por la constitución de domicilio LEGAL dentro del radio del Juzgado artículos 21, 66, 74 y 75 del Código Procesal Civil. V. -

BO-2017-00171709-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Miércoles 11 de Octubre de 2017
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 105 de 141

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 11/10/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaysArgentine

Date11/10/2017

Page count142

Edition count1857

Première édition20/01/2017

Dernière édition31/07/2024

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