Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 29/08/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

MENDOZA, 19 DE JUNIO DE 2017
Visto el expediente 68-D-16-77770, en el cual se solicita dar de baja del cargo en que revista Dn. CARLOS ALBERTO OLMOS; y CONSIDERANDO:
Que el Art. 30 de la Ley Nº 6921 y su modificatoria Ley Nº 7958 en su parte pertinente expresa: Aquellas personas que a la fecha de sanción de la presente Ley gozan de beneficios jubilatorios acordados y se encuentran prestando servicios en el ámbito de la Administración Pública Provincial Centralizada, Descentralizada, Entes Autárquicos y/o cualquier otra repartición perteneciente a la Administración Pública, cesarán en sus funciones. Asimismo, en adelante, ninguna persona que goza de beneficios jubilatorios, podrá desempeñar actividades o cargos rentados en el ámbito descripto;
Que a fs. 02/03 del expediente de referencia, obra cédula de notificación, donde consta que Dn. CARLOS ALBERTO OLMOS reúne los requisitos necesarios para acogerse a la jubilación ordinaria;
Por ello, en razón de lo informado por la Subdirección de Personal, lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y en cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 30 de la Ley Nº 6921, EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º- Téngase por dado de baja en los términos del Art. 30 de la Ley Nº 6921 y su modificatoria Ley Nº 7958, al agente que se menciona, quien revistaba en el cargo que se indica, en la dependencia que a continuación se detalla:
JURISDICCION 08 CARACTER 1
SERVICIO DE EMERGENCIAS COORDINADO - UNIDAD ORGANIZATIVA 29
CLASE 013 - Cód. 15-1-03-06 Jefe de Sección.
Dn. CARLOS ALBERTO OLMOS, clase 1951, DNI Nº 10.041.539, CUIL Nº 23-10041539-4.
Artículo 2º - Establézcase que Dn. CARLOS ALBERTO OLMOS, CUIL Nº 23-10041539-4, deberá en el término de sesenta 60 días hábiles, contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto, comunicar a la Caja de Seguro Mutual de la Provincia su decisión de continuar o no con el beneficio que otorga la citada Institución.
Artículo 3º- Lo dispuesto por el presente decreto rige a partir del 18 de enero de 2017.
Artículo 4º- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
LIC. ALFREDO V. CORNEJO
FARM. CLAUDIA NAJUL
S/Cargo 29/08/2017 1 Pub.

BO-2017-00127718-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Martes 29 de Agosto de 2017
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 21 de 107

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 29/08/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaysArgentine

Date29/08/2017

Page count108

Edition count1846

Première édition20/01/2017

Dernière édition15/07/2024

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