Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 14/08/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

DECRETOS
MINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA

Decreto N: 1267
MENDOZA, 31 DE JULIO DE 2017.
VISTO:
El expediente Nº 6326 D 2017 20108, y la necesidad de asegurar la continuidad en la prestación de servicios personales bajo diferentes modalidades, a partir del 01 de agosto de 2017; y CONSIDERANDO:
Que a los efectos de no resentir los servicios que presta el Estado Provincial, es indispensable dar continuidad a las adscripciones, adicionales, suplementos y prestaciones de servicios de personas contratadas en Planta Temporaria y bajo los sistemas de Locación de Obras o Servicios y Honorarios determinados en Horas Módulo Deportivo, cuyos vencimientos operan el 31 de julio de 2017, siempre que se encuentren financiadas con Rentas Generales Financiamiento 000 o con Recursos Afectados de origen provincial,estos últimos en la medida que la efectiva recaudación así lo permita;
Que el lapso de vigencia de esta prórroga automática será hasta el 31 de octubre de 2017 y tiene por objeto asegurar la prestación de servicios del personal comprendido en las situaciones detalladas precedentemente en forma normal durante parte del ejercicio 2017;
Que dicha continuidad debe disponerse sin exigencia de otro requisito administrativo o legal que el mantenimiento de idénticas condiciones que las que rijan al 31 de julio de 2017, en los términos de la última prórroga dispuesta mediante Decreto Acuerdo N 2000/16, con lo cual se pretende una mayor agilidad en las tramitaciones administrativas;
Que, asimismo, es conveniente y hace también a la economía de procedimientos tomar igual medida de prórroga respecto de Adscripciones, Adicionales y Suplementos con igual vencimiento.
Que a partir del 01 de agosto de 2017 la continuidad en la prestación de servicios personales bajo las diferentes modalidades comprendidas en la presente norma requerirá la presentación del certificado de libre deuda de impuestos provinciales actualizado o plan de pago vigente.
Por ello, EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO DE MINISTROS
DECRETA:
Artículo 1º - Dispóngase la continuidad automática desde el 1 de agosto y hasta el 31 de octubre de 2017, cuando las erogaciones sean atendidas con cargo a partidas presupuestarias financiadas con Rentas Generales Financiamiento 000o con Recursos Afectados de origen provincial, estos últimos en la medida que la efectiva recaudación así lo permita; de las prestaciones de servicios de toda persona que al 31 de julio de 2017 se encuentre incluida en alguna de las siguientes situaciones o combinación de ellas:

BO-2017-00114636-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Lunes 14 de Agosto de 2017
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 14/08/2017

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaysArgentine

Date14/08/2017

Page count108

Edition count1841

Première édition20/01/2017

Dernière édition05/07/2024

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